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Absuelven a hombre que fue acusado por porte ilegal de arma de fuego

por La Tribuna

Durante el juicio, no pudo afirmarse que el acusado quisiera atentar contra la vida o integridad de una persona. Tampoco se logró comprobar que dicha arma estuviese vinculada directa o indirectamente con un delito o que sería utilizada para cometer uno.

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Los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles decidieron absolver a un hombre acusado por el Ministerio Público como autor del delito de porte de arma de fuego prohibida.

La decisión fue adoptada en un fallo unánime, al establecer que la noche del 16 de julio de 2015, el hombre se encontraba en el sector rural de Porvenir, en la comuna de Los Ángeles, cazando patos.

“Hay ciertas conductas que, si bien vulneran el texto expreso de la Ley, en esencia no constituían un delito si es que no afectan el bien que se trata de proteger con esa Ley. Me refiero a que, en el caso concreto, esta persona andaba cazando en el campo con una escopeta que -en definitiva- había sido de su abuelo y lo único que no había hecho era inscribirla”, relató el juez titular del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, Christian Osses Baeza.

En virtud de esos antecedentes, el tribunal no consideró que eso era constitutivo de un delito puesto que lo que la ley pretende proteger “es que estas armas no caigan en poder de delincuentes ni se cometan ilícitos con ellas”, relató Osses.

Como en este caso no ocurría así, añadió el juez, se consideró que faltaba un elemento del delito que es el antijuricidad.

“Con esta resolución no estamos derogando el porte ilegal de arma ni mucho menos diciendo que se puede portar libremente un arma sino que, para este caso concreto, (el hecho) no era constitutivo de delito a juicio del tribunal”, explicó.

Durante el juicio, además, quedó acreditado que el fin de esta persona no era ocupar el arma para cometer algún delito ni tampoco había riesgo de que cayera en manos de un delincuente.

Osses manifestó que, la idea, es que las personas que se dedican a la caza y que están en posesión de un arma, la tengan inscritas y en forma legal.

En caso contrario, “es bueno reiterar el llamado que realizan las autoridades a que entreguen esas armas que, a lo mejor, no están debidamente poseídas y que las hagan llegar a Carabineros y evitar problemas”, relató Osses.

En caso de ser declarado culpable por el delito de porte ilegal de arma de fuego, la pena es de cárcel efectiva y arriesga una condena de comienza en los 3 años y un día.

La sala estuvo compuesta por los magistrados Antonia Flores Rubilar, Christian Osses Baeza y Marisol Panes Viveros.

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