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La Tribuna

Corte Suprema obliga al Estado a pagar indemnización por muerte de diputado Juan Lobos

por María José Villagran Barra

Demanda acusaba al MOP de no realizar el debido mantenimiento de la ruta, al no existir un cerco que impidiera el paso de animales a la vía.

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La muerte del diputado Juan Lobos no sólo remeció el mundo de la política, sino que también el de los mismos ciudadanos residentes de la provincia de Biobío.

La mañana del 11 de abril de 2011, Lobos protagonizó un accidente de tránsito que le costó la vida y dejó a su hija Constanza con heridas de gravedad.

El fatal incidente ocurrió en la ruta que une las comunas de Cabrero y Concepción. Fue en el tramo Yumbel y Tomeco donde el diputado impactó con un caballo que se encontraba en la vía. Producto de ello, el vehículo volcó cuando faltaban cerca de 10 minutos para las 7 de la mañana.

Lobos fue trasladado al centro asistencial en Yumbel tras sufrir múltiples lesiones y un paro cardiorrespiratorio, pero falleció en el trayecto.

Cientos de personas llegaron a la Catedral de Los Ángeles para despedir sus restos mortales, los que fueron velados en ese lugar.

Sandra Rodríguez, quien fuera pareja del diputado, presentó a comienzos de 2014 una millonaria demanda contra el Fisco de Chile.

La acción legal acusaba al Ministerio de Obras Públicas de no haber realizado el debido mantenimiento de la ruta, al no existir un cerco que impidiera que los animales ingresaran a la carretera.

En 2015, el primer Juzgado Civil de Concepción acogió la demanda interpuesta por Rodríguez, estableciendo un daño moral de 20 millones de pesos que el Fisco tendría que pagar a quien correspondiera.

La acusación incluía la falta de servicios en función de tres causales: la luminaria existente en la Ruta Q-50 (ahora Ruta 146), la mantención de los cercos y la falta de señalización en torno al acceso de animales a la vía.

En su oportunidad, fueron desestimadas la existencia de luminarias y la falta de señalización. No así la fiscalización de los cercos, estimando que sí existía responsabilidad en esta materia en resguardo de la seguridad vial, ya que si las cercas hubiesen estado, el animal no habría salido.

En aquella oportunidad, el Fisco alegó la responsabilidad del diputado respecto al hecho de que no utilizaba su cinturón de seguridad al momento de ocurrido el accidente.

Este hecho se consideró para bajar el monto solicitado, ya que de haberlo llevado puesto, el daño producido habría sido en menor medida.

En abril de 2016, la Corte de Apelaciones de Concepción revocó este fallo y sostuvo que no se podía responsabilizar al Fisco por la falta de mantención en la vía pública o carretera.

El tribunal de alzada consideró que el cerco en mal estado, y que permitió el paso del caballo en la ruta, no era perimetral, y atribuyó al propietario la responsabilidad de mantener en resguardo a sus animales.

Tras conocer la resolución, la causa fue llevada hasta la Corte Suprema, donde confirmaron el fallo del primer Juzgado Civil de Concepción.

De esta forma, ratificaron la responsabilidad del Estado en la muerte de Lobos, ordenando el pago de la millonaria indemnización.

Al igual que el primer Juzgado Civil de Concepción, la Corte Suprema estimó que el hecho de que la ruta no tuviera el cerco provocó que el caballo saliera a la carretera e impactara con el vehículo del diputado, considerándolo como una negligencia por parte del MOP.

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