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La Tribuna

Ya van más de 120 sumarios por incumplimiento de Alerta Sanitaria en Los Ángeles

por Alejandra Sánchez

Correspondientes a infracciones cometidas por hogares y fuentes emisoras comerciales o industriales.

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Un total de 125 sumarios ha iniciado la Delegación Biobío de la Seremi de Salud  en Los Ángeles,  bajo episodios críticos de contaminación, que son posibles de regular por las competencias entregadas por el Decreto de Alerta Sanitaria Ambiental N° 12 del Minsal, y la resolución N° 3405 de la autoridad sanitaria regional, así como en base al Sistema de Pronóstico de Calidad de Aire del Ministerio del Medio Ambiente.

De acuerdo al Artículo 67 del Código Sanitario, corresponde a la Secretaría Regional Ministerial velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de los habitantes; y en ese contexto se aplica prohibición de funcionamiento a fuentes fijas, residenciales particular, residenciales comunitarias, fuentes industriales y comerciales.

LOS SUMARIOS

Del total de sumarios, 117 corresponden a infracciones cometidas por hogares y otras 8  por fuentes emisoras comerciales o industriales, que de alguna forma no respetaron las prohibiciones que rigen en contexto de emergencia ambiental.

Para este martes 11 de julio se pronosticó la octava emergencia ambiental del año para la capital provincial del Biobío.

Este año se han registrado en Los Ángeles un total de 8 emergencias, donde la mayor cantidad de sumarios se concentra el 19 de junio (27), seguido por los iniciados con fecha 27 y  30 de mayo,  y 28 de junio, que contabilizan un total de 22 sumarios cada día; 28 de mayo (14), 29 de mayo (11) y 20 de mayo (7). 

Adicionalmente se contabilizan 7 preemergencias, dando un total de 14 episodios críticos a la fecha.

Al respecto, el seremi de salud, Mauricio Careaga, explicó que “los  125 sumarios fueron ejecutados en el contexto de 691 fiscalizaciones, 426 de ellas radicadas en viviendas, 242 en empresas y 23 en complejos deportivos; que son parte de un proceso de control que también considera 5.321 patrullajes o inspecciones visuales que identifica humo visible en hogares”.

A ello, agregó que en total, el 18,7% de las fiscalizaciones directas, tanto a empresas como hogares, ha dado inicio a un sumario sanitario.

LAS RESTRICCIONES

Hay que recordar que en emergencia se prohíbe el funcionamiento de calefactores residenciales de leña u otro dendroenergético sólido entre las 18:00 y las 24:00 horas.

Esto incluye, chimeneas de hogar abiertas y salamandras,  en todo tipo de establecimientos, ya sea vivienda, comercial, industrial, entre otras.

A ello, se le suma hornos de panaderías a leña y de ladrillo, equipos ahumadores de alimentos,  establecimientos emisores industriales, que se ubiquen en el listado de fuentes de MP 2,5, primer grupo prioritario, elaborado a partir de las declaraciones anuales del sistema  138/2005.

Del mismo modo, el funcionamiento de establecimientos Emisores Industriales, que se ubiquen en el listado de fuentes de MP 2,5, segundo grupo prioritario elaborado por la Seremi de Salud, a partir de las declaraciones de emisiones en el sistema 138/2005; fuentes de emisión que no han cumplido con la obligación de declarar emisiones de acuerdo a  D. S. 138/2005, Minsal, período 2016.

Y finalmente, se debe considerar la prohibición de quemas de cualquier tipo en el radio urbano de la comuna de Los Ángeles; y la realización de actividad física al aire libre.

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