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Hijo de carabinero es condenado por homicidio frustrado

por La Tribuna

Las circunstancias por las que fue declarado culpable se remontan a junio de 2016, cuando disparó a dos hermanos que se movilizaban en un automóvil.

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El 19 de junio de 2016, Ariel Coliqueo Huiliñir y su hermano Miguel Ángel se desplazaban en un vehículo por calle Ignacio Carrera Pinto de Negrete cuando fueron atacados.

Cerca de las 7 de la noche, fueron interceptados por un joven de 19 años, quien sin mediar provocación alguna, se acercó al automóvil en el que se encontraban las víctimas y les disparó con un arma de fuego.

Uno de los hermanos resultó con heridas leves, mientras que el que viajaba de copiloto habría resultado ileso de aquel impacto de bala. Al momento de ocurridos los hechos, el joven portaba un revólver marca Taurus, calibre 38, sin la debida autorización para su porte.

Durante la investigación se acreditó que el arma era propiedad del padre del imputado, quien es funcionario de Carabineros. Se trataba de un arma particular legalmente inscrita.

El juicio en contra de esta persona, cuya identidad no podrá ser revelada por instrucción de los jueces, se realizó en dependencias del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles por los delitos de homicidio frustrado y porte ilegal de arma de fuego.

Por el primero de los ilícitos, el Ministerio Público solicitaba una condena de 10 años de presidio mayor en su grado medio, y por el segundo, tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. Sin embargo, los jueces resolvieron condenarlo por porte ilegal de arma de fuego y por el delito de homicidio frustrado en grado de tentativa, cometido en contra de una de las víctimas.

“El tribunal estimó suficientes las pruebas rendidas por la Fiscalía que decían relación, principalmente, por la declaración de víctimas y testigos presenciales, y funcionarios policiales y peritos”, relató el fiscal adjunto de Los Ángeles, Rodrigo Durán.

Todo ello, en relación a un porte ilegal de arma de fuego por parte del imputado, con el que cometió un hecho de sangre al emitir disparos en contra de la integridad física de estas personas, una de las cuales se estimó como víctima de un homicidio en grado de tentativa.

El persecutor explicó que la dinámica de los hechos es que “la víctima por la cual el imputado fue condenado iba acompañado de su hermano a bordo de un vehículo, y uno de los proyectiles ingresó por el lado del conductor, hiriendo levemente a uno de ellos y quedando adosado al interior del vehículo, resultando, en esos momentos, ileso el otro ocupante”.

La Fiscalía local de Los Ángeles estimó que si bien ese disparo entró por la puerta del piloto, podría haber ocasionado perfectamente la muerte del copiloto, lo que era la intención del imputado.

La postura del Ministerio Público hace alusión a que el joven tenía la intención de matar a uno de los ocupantes del vehículo, sin elegir a su víctima.

“No podía estimarse que quería matar a uno y no a otro. Esa fue la postura del Ministerio Público, la cual será analizada con un eventual recurso de nulidad si procediere. Hay que ver la sentencia”, relató el persecutor.

Fue absuelto por el cargo de homicidio frustrado en el caso del copiloto porque el tribunal estimó que no existía la intención de matarlo a él, sino que al conductor, quien resultó con una herida de carácter leve.

DEFENSA

Por su parte, el defensor particular, Eduardo Soto, relató que se acogieron gran parte de los argumentos esgrimidos por la defensa. En este sentido, agregó que efectivamente, ese día su cliente portó un arma y disparó a dos personas que lo estaban atacando.

En el caso del delito de homicidio frustrado, “el tribunal lo absolvió de uno de los cargos, y respecto del otro, lo condenó con un grado de calificación más bajo que lo que pretendía el Ministerio Público”, explicó Soto.

Asimismo, expresó que el resultado fue bueno para ellos y que esperarán la sentencia a objeto de determinar si se conforman con el fallo o recurrirán a una instancia como la Corte de Apelaciones.

La defensa solicitó varias circunstancias atenuantes, tales como el grado de calificación del delito, la circunstancia de que el joven no tiene antecedentes penales, que voluntariamente se entregó a la justicia, que colaboró activamente con esta y que presenta un grado de deficiencia mental.

Con todas ellas, “creemos que deberían ser consideradas y aplicarse una pena rebajada a la que pide la Fiscalía”, expresó el profesional. 

Por su parte, el Ministerio Público sólo le reconoció la atenuante de irreprochable conducta anterior. Por ambos delitos, la Fiscalía local está solicitando dos penas de tres años y un día de privación efectiva de libertad.

La lectura de sentencia se conocerá a las 12:00 horas del próximo sábado 5 de agosto en el Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

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