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Sepa cómo evaluar la mejor alternativa para contratar un furgón escolar

por La Tribuna

Existen una serie de acciones que se pueden realizar de forma autónoma para verificar si el vehículo y su conductor cumplen las certificaciones correspondientes.

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Al filo de comenzar la temporada escolar, una de las necesidades importantes corresponde a la contratación del transporte escolar para los estudiantes, principalmente de enseñanza básica y prebásica.

Todos los años se realiza una fiscalización masiva de furgones escolares, a cargo del Ministerio de Transportes y la  Sección de Investigación de Accidentes del Tránsito (SIAT) de Carabineros de Chile, donde se le entrega un logo a los vehículos que cumplen con la normativa vigente.

Este año, según lo informado por el capitán de la SIAT Biobío Erwin Orellana Fierro, este procedimiento está agendado para el 17 de marzo en todo el país.

DÓNDE BUSCAR INFORMACIÓN FURGÓN

Diario La Tribuna consultó a un experto en seguridad cuáles son las características básicas que deben tener los vehículos a la hora de ser tomados como opción.

Claudio Aguilera es jefe de carrera de Prevención de Riesgos de Santo Tomás Los Ángeles e indica que las acciones para comprobar que todo esté en regla, con el vehículo y su conductor, pueden ser realizadas por uno mismo ya que para eso existen plataformas web al alcance de todos.

“Lo primero que debemos hacer es tomar la placa patente del vehículo e ingresar al sitio web del Ministerio de Transportes para suscribirlo en el link de la página y comprobar así que se encuentra debidamente inscrito”, señaló Aguilera.

El prevencionista sostuvo que es muy importante “conocer el vehículo y verificar el estado de los cinturones de seguridad ya que es vital al momento se sufrir un accidente”.

Aparte de revisar el furgón es muy importante considerar las condiciones en que se encuentra el conductor y, en el caso que transporten menores de 12 años, el o la asistente enfatiza el jefe de carrera de Prevención de Riesgos, “la persona que realiza la conducción del vehículo debe tener licencia de conducir al día, clase A3, y además se puede mediante consulta en la web del Registro Civil, solicitar la  hoja de vida del conductor”.

INHABILIDAD PARA TRABAJAR CON NIÑOS

Otro tema delicado es la situación frente al trabajo con menores de edad. Ambos adultos que van a bordo del vehículo no deben figurar en el “Registro General de Condenas para condenados por delitos sexuales contra menores”, que se puede consultar en la página del Servicio Registro Civil.

El Servicio informará si la persona consultada registra o no inhabilidades para trabajar con menores, indicando RUT, nombre completo, hora y fecha de la consulta. Sin proporcionar ningún otro dato que conste en el registro.

A partir del 19 de junio de 2012, fecha de publicación de la Ley 20.594, se crea una sección especial, accesible por vías telemáticas, dentro del Registro General de Condenas, denominada “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, destinada a incluir a todos quienes han sido condenados por delitos sexuales contra menores en la cual se registrarán todas las inhabilidades. La pena de inhabilidad ha sido contemplada respecto a estos delitos de connotación sexual desde enero de 2004, a través de la Ley 19927, modificada  por la Ley 20.594, dentro de las modificaciones contempla la creación de esta Sección Especial.

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