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La Tribuna

Conozca el derecho a retracto que tienen los alumnos de Educación Superior

por Leyla Bascur

El director regional del Sernac Biobío, Juan Pablo Pinto, recalcó que todo estudiante tiene el derecho a desistir del contrato de matrícula sin explicar el porqué, cumpliendo con el plazo que se determina para hacer el trámite.

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Este 26 de diciembre se conocerán los resultados de la PSU 2018, con lo que se inicia el proceso de postulación a las carreras que ofrecen las diferentes casas de estudio de Educación Superior. Luego que se completa la publicación de los resultados de las postulaciones comienza a regir el plazo del derecho a retracto que permite a los estudiantes de primer año desistir de los contratos educacionales por una segunda matrícula.

Para conocer en qué consiste este derecho, el director regional del Sernac en Biobío, Juan Pablo Pinto, en entrevista con radio San Cristóbal y diario La Tribuna, explicó los detalles de esta alternativa.

“Lo que ocurre es que, sin saber todavía los puntajes  de cortes de las distintas carreras que ofrecen las universidades, hay alumnos que reciben su puntaje y postulan a varias universidades o instituciones de Educación Superior.

Cuando ya salen los resultados definitivos en los cuales los estudiantes han sido aceptados, hay algunos que pudieran haber sido aceptados en más de una, por el puntaje que obtuvieron”, dijo la autoridad.

A ello, añadió que en algunos caso el proceso de matrícula o reserva de un cupo involucra firmar documentos y, además, dejar alguna garantía o monto en pago. Es aquí donde aparece el derecho a retracto, que consiste en que, si una persona acepta una determinada oferta, desecha las otras, y le avisa formalmente a las instituciones de Educación Superior que no va a hacer uso de ese cupo. Esto funciona exactamente igual en todas las instituciones de Educación Superior, requiriéndose o no el puntaje de la PSU.

“Efectivamente, hay gente que se matricula en universidades, privadas o institutos de Educación Superior, pero, al momento de tener certeza dónde va a estudiar, el joven ya puede tomar la decisión de permanecer en ese establecimiento y carrera, y desechar el resto”, explicó el director regional del Sernac.

Y para eso tiene un plazo de 10 días en que formalmente tiene que avisar y la institución tiene la obligación de aceptar este retracto. Si hubo algún pago, tiene que hacerle la devolución de este, estableciendo la ley que pueden quedarse con el 1% del arancel como gastos de administración, “por lo tanto, también aquí la invitación es a que los jóvenes tengan ojo a que deben hacerlo en el plazo establecido, que son 10 días de corrido después que salen los resultados de las publicaciones de postulaciones, no desde que sale el resultado de la PSU”.

CUMPLIR EL PLAZO

Para realizar este trámite se debe presentar la aceptación de la universidad en la que van a estudiar y los documentos que les fueron entregados al momento de firmar o comprometerse en un determinado establecimiento.

Finalmente, Juan Pablo Pinto recalcó que “aquí es clave el plazo de los 10 días y, si una persona no está o por algún motivo, como por ejemplo un viaje, no pudiese hacer el trámite, es recomendable que deje los poderes suficientes como para que se tomen las decisiones en los plazos establecidos”.

A ello añadió que después de este plazo es muy dificultoso el poder retractarse y anular este tipo de contratos, “si se ha superado el plazo de los 10 días, aquí ya entramos a esperar la voluntad del establecimiento de Educación Superior para no hacer válido este derecho a la matrícula o permanencia en una determinada carrera”.

“La invitación a los padres, sobre todo a los jóvenes, que son los principales interesados -ya están en la etapa a la que tienen que empezar a hacerse responsables de sus actos y a tomar sus propias decisiones- es a que estén atentos con los plazos”, concluyó Pinto.

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