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La Tribuna

Deberán indemnizar con $430 millones a familiares de Santa Bárbara y Quilaco

por Pia Salcedo

La Corte Suprema estableció que los delitos corresponden a crímenes de lesa humanidad.

13-12-2015_17-52-598113-12-15 /

En una decisión unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $430 millones a los hijos y nietos de cuatro detenidos desaparecidos de las localidades de Santa Bárbara y Quilaco.

El máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que anuló la resolución del Primer Juzgado Civil de Concepción y que estableció la responsabilidad civil del Estado en las desapariciones de 5 personas.

Así lo indica un documento emitido con fecha 9 de diciembre, el que sostiene que “se acogieron las demandas deducidas por Manuel Cid Matus, Rosendo Cid Matus, Miguel Cid Ortega, Claudia Zúñiga Zúñiga, Marcela Zúñiga Zúñiga, Marta Molina Molina y Hugo Molina Molina contra el Fisco de Chile, condenándolo a pagar la suma de $430.000.000, distribuidos entre todos ellos en la forma que precisa el fallo, como resarcimiento del daño moral padecido, desestimándose las excepciones de pago y prescripción opuestas por el demandado”.

En un documento de 12 páginas se explican los argumentos del tribunal, entre ellos, la existencia de juicio similares. “Entre éstas, el artículo 6° de la Constitución Política que consagra el principio de legalidad de los órganos del Estado; su artículo 5° inciso segundo que asegura el respeto de los derechos esenciales de la persona humana consagrados en la Constitución y en los tratados suscritos por nuestro país; el principio de reparación integral de todo daño y la igualdad ante la ley que recogen los numerales 1° y 2° del artículo 19 de la Carta Fundamental, porque existen víctimas en igual situación que han sido indemnizadas por el Estado y no se alegó prescripción”.

La sentencia establece que los delitos corresponden a crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles tanto en el aspecto penal como civil.

"Que, por otro lado, como ya se ha esbozado, las acciones civiles aquí deducidas en contra del Fisco, tendientes a obtener la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados, encuentra su fundamento en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su consagración normativa en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado chileno a reconocer y proteger este derecho a la reparación íntegra, en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5° y en el artículo 6° de la Constitución Política de la República”, dice parte del fallo.

Éste ordena, específicamente, el pago de $80 millones a Claudia Zúñiga Zúñiga e igual cifra a Marcela Zúñiga Zúñiga por la desaparición de sus abuelos José Rafael Zúñiga Alcedini y José Secundino Zúñiga Alcedini.

De igual forma, establece el pago de $60 millones a Marta Molina Molina e igual monto a Hugo Molina Molina, nietos de José Molina Quezada; $50 millones a Manuel Cid Matus e igual cantidad a Rosendo Cid Matus, hijos de Luis Cid Fuentealba y otros 50 millones de pesos a Miguel Cid Ortega, hijo de Luis Cid Cid.

 

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