El pasado 14 de mayo entró en vigencia el reglamento de grabado de patentes en vehículos motorizados tras su publicación en el Diario Oficial, por lo que los propietarios de automóviles tendrán que tener en cuenta una serie de exigencias a la hora de realizar este trámite.
En septiembre del año pasado se publicó la ley 21.601 que modifica la ley de tránsito. El objetivo es prevenir la venta de vehículos motorizados robados y sancionar las conductas que indica ese marco legal. El pasado 8 de marzo, el reglamento ingresó a la Contraloría General de La República y, tras un mes, este documento entró en vigencia.
Con la entrada en vigencia del reglamento, comenzó a correr el periodo de plazos legales para su implementación, los que tienen una división por autos particulares y los de las comercializadoras.
En caso que sean vehículos particulares que aún no han hecho el grabado de patente, tendrán un plazo de 12 meses para llevar a cabo este proceso; mientras que para las comercializadoras que venden vehículos nuevos se les exigirá cuatro meses.
En tanto, para el caso de aquellos dueños de vehículos que ya realizaron su grabado, deben fijarse si lo hicieron cumpliendo las exigencias del reglamento, lo que se detallará a continuación.
La implementación de este reglamento obligará a los dueños de vehículos motorizados a cumplir una serie de exigencias que pide la ley. En ese sentido, el grabado de patente deberá respetar tanto la ubicación, tamaño y tipo de letra; además de la claridad y que sea permanente.
Pero, ¿en qué partes del auto se tienen que realizar el grabado de patente? Desde la Secretaría Regional del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (Seremitt) del Biobío indicaron que la normativa exigirá el grabado de, al menos, seis vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los dos espejos laterales.
En caso que el vehículo tuviese más vidrios, sólo se exigirá el mínimo (por ejemplo, en furgones o buses). En cambio, si se trata de aquellos que cuenten con menos vidrios o espejos (por ejemplo, motos), la patente deberá estar grabada en todos sus espejos.
Así lo explicó el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones del Biobío, Héctor Silva Gormaz, indicando que "estos grabados deben realizarse de forma mínima en seis vidrios, esto significa en parabrisas, luneta, y cuatro laterales, más los dos espejos. Los vehículos que tengan más vidrios laterales pueden realizar el grabado de más vidrios si lo desean".
Otra de las características que debe tener este grabado es que sea permanente y legible, en cada una de las zonas donde se va a colocar.
"Hay que recordar que el grabado debe ser permanente y legible, en caso de que las personas hayan efectuado el grabado antes que estuviera el reglamento, deben cumplir con los requisitos antes mencionado", recordó el seremi.
De acuerdo a lo que indica la ley, sí se aplicarán multas a los dueños de vehículos que no cumplan con este reglamento.
La Seremitt Biobío explicó que estas infracciones equivalen a falta grave y que sólo se emplearán al cumplirse el periodo de 12 meses de regularización, que es lo que entrega la norma para que todos puedan grabar los vehículos, así como también, su exigencia en las inspecciones de Plantas de Revisión Técnica.
*En cuanto a las características del grabado, la normativa establecerá:
§ Que sea permanente: es decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
§ Que la letra sea legible, y en formato normal: es decir, que no use elementos como cursiva o negrita. Y todo, siempre en mayúscula
*En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá:
§ Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura
§ En los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros
*Sobre la ubicación, es importante destacar que varían, según la pieza:
![]() |
||||
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
¿Quieres contactarnos? Escríbenos a prensa@latribuna.cl
Contáctanos