Desarrollo

Entregan detalles de proyecto de ley que garantiza pago de deudas de pensiones de alimentos

La seremi de la mujer y equidad de género relató detalles de la iniciativa, la cual incluye el retiro de fondos de pensiones de los deudores para el pago de la obligación.

LORENA SEGURA,
LORENA SEGURA / FUENTE:

Durante esta semana se espera que el proyecto que garantiza el pago de las pensiones de alimentos sea promulgado, esto tras la aprobación legislativa. En entrevista realizada en radio San Cristóbal, la seremi de la Mujer y la Equidad de Género en la región del Biobío, Lorena Segura, abordó esta normativa legal, manifestando que esencialmente tiene que ver con mejorar el cumplimiento de pago de pensiones de alimentos en nuestro país, que entendemos que en el periodo de pandemia esto se acrecentó mucho, el adeudamiento por el concepto de pensión de alimentos.

En esa misma línea indicó que nosotros desde el gobierno estamos hablando de una nueva institucionalidad ya que son dos los mecanismos, uno es la Ley de Responsabilidad Parental y el pago efectivo de deudas por pensión de alimentos, y otro es el Registro Nacional de Deudores que debiera entrar en vigencia en noviembre, por lo que se entiende que es un mecanismo permanente, y donde las mujeres tuvieron que asumir solas todo lo que tienen que ver con llevar adelante la demanda para poder acceder a las deudas, y hoy va a ser a través de los tribunales de justicia.

Al detallar parte de esta nueva normativa legal, la seremi Lorena Segura comentó que para quienes tengan una mensualidad impaga, se podrá solicitar al tribunal que ordene la búsqueda activa del patrimonio del deudor, y esto puede ser a través de la retención de distintos fondos como las cuentas bancarias, instituciones financieras y cuentas de ahorro previsional voluntario. En el caso aquellos que adeuden tres mensualidades o más, allí se podrá hacer uso de los fondos de pensiones que se encuentren en las cuentas de capitalización individual.

En este punto precisó que aquí se establecen algunos límites, entonces aquellos deudores que tengan 50 años o más se les podrá retener hasta el 50% de su cuenta de capitalización individual, para quienes tengan entre los 35 y 50 años se podrá acceder hasta el 80% de sus fondos, y los que tengan menos de 35 años se accederá hasta el 90% de sus fondos, finalizó.

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