Más de $3 mil millones en pagos irregulares detectó la Contraloría General de la República en la entrega del subsidio del IFE Laboral, montos entregados entre agosto del 2021 y febrero de 2022 a personas que postularon al beneficio pero que finalmente no les correspondía.
Por este motivo, la CGR hizo un análisis del IFE Laboral donde detectó pagos que no corresponden, ya que no cumplen con algunos requisitos. En consecuencia, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) ahora a través de un comunicado, está ordenando la restitución de estos montos.
En conversaciones con diario La Tribuna, el director nacional subrogante del Sence, Rodrigo Valdivia, declaró que "más que una irregularidad, es un problema estructural en la base de datos en el Estado. Ahora, son personas que, en general, postularon y ellos sabían que mediante organismos públicos o mixtos no deberían haber postulado. Aquí también debe haber una responsabilidad personal".
En cuanto a quiénes son las personas que deberán hacer la reintegración del dinero que les fue entregado, se dividen en tres grupos que irán operando de forma independiente.
¿Quiénes deben devolver este dinero?
En primer lugar, quienes obtuvieron el beneficio teniendo una relación laboral privada con una empresa, pero que al mismo tiempo mantenían contrato de honorarios con el Estado. En este sentido, Rodrigo Valdivia, recalcó que "nosotros le dimos esos subsidios en función de su relación laboral privada, y claro, después cuando la Contraloría hizo el cruce para el Estado, detectó también que había boletas entregadas para el Estado."
Este sería el grupo más grande de personas que les fue entregado el subsidio y que ahora tendrían que hacer la devolución.
En segundo lugar, se encuentran las personas que trabajaron para el Estado y que obtuvieron el IFE en puestos de trabajo que eran de organismos públicos, o semi-públicos. Estas empresas mixtas, también deberían haber quedado exentas del pago, como por ejemplo, "universidades que se autofinancien, que reciben aportes del estado y que desde el punto de vista de impuestos internos aparecen como empresas privadas, pero que al recibir aportes del Estado también quedaban imposibilitados de recibir el pago del IFE."
Y finalmente, en tercer lugar, se encuentra el grupo de personas que no estaban cesantes al momento de recibir el aporte. En este punto se han producido discrepancias entre lo que el Sence y la Contraloría indican, por lo que para este grupo se tendrá que realizar una instancia posterior de conversación entre las entidades.
En este caso, el director subrogante del Sence, explicó que "técnicamente nosotros no estamos de acuerdo con la Contraloría, ya que estas son personas que si bien presentaban una cotización previsional al momento de la cesantía, nosotros tenemos certeza que toda estas cotizaciones eran por personas que se autocotizan a sí mismas, o personas que recibieron una cotización por un finiquito después de una relación laboral extinta hace mucho tiempo, o personas que su empresa regularizó una licencia médica cuando ya no estaba en la empresa y pagó cotizaciones por esa licencia."
En definitiva para este grupo, debido a sus variables, se podría llegar o no a condonar la devolución del IFE. Por otra parte, a quienes sin lugar a dudas se les pedirá este reintegro, son a aquellos que "sabían que estaban en un organismo público, que firmaron una declaración jurada que no eran empleados públicos, y aun así solicitaron el subsidio igual", expresó el director.
¿Cómo hacer la devolución?
Respecto del procedimiento de restitución de este subsidio, el sistema será a través de una notificación por carta certificada dirigida a quien corresponda, de igual forma que por correo electrónico. Una vez determinado el plazo que se tiene para proceder al pago, este se podrá realizar a través del mecanismo "Botón de pago", que permitirá cancelar en línea el monto correspondiente o en su defecto en una caja vecina de BancoEstado.
Si el proceso no se completa dentro de los plazos señalados, el Sence informará a la Tesorería General de la República que no se restituyó la deuda, y se procederá a aplicar los mecanismos de cobro que ellos consideren, como lo es la retención de impuestos.
De todas formas, este proceso pretende ser de manera paulatina, comenzando en primer lugar con las personas que trabajan en empresas públicas, luego con las personas que trabajando en una relación privada presentaron honorarios, y por último con las personas en caso de cesantía.
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