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La Tribuna

Resuelven las dudas más comunes acerca de los cementerios privados

por Nicolás C. Muñoz Díaz

A raíz de las constantes denuncias ciudadanas que han llegado a diario La Tribuna que dan cuenta de diversas situaciones en cementerios privados de la comuna de Los Ángeles, el equipo de prensa se contactó con el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) para resolver algunas de las dudas más comunes entre los afectados.

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Desde remoción de placas sin autorización hasta descuido de las tumbas son algunos de los reclamos que más se han repetido estas últimas semanas en cementerios de la ciudad de Los Ángeles, mejor conocidos como parques cementerios. Al respecto, el Sernac resolvió las dudas que más persistían entre los afectados.

¿Qué responsabilidad tiene la empresa en caso de daños, intervenciones o robos de lápidas?

Cuando una empresa no cumple sus obligaciones, los consumidores tienen derecho a exigir todos los daños causados.

En otras palabras, no son válidos los contratos en donde la empresa limita su responsabilidad en caso de robo, hurto o algún siniestro, donde declaran anticipadamente que no responden por sus incumplimientos o aquellas que incluyen barreras de salida para el consumidor, pese a que en muchos casos es evidente la mala calidad del servicio entregado.

¿Qué puede hacer y qué no puede hacer la empresa en caso de que se deje de pagar la cuota de mantención?

Los consumidores deben saber que todo lo que se acuerde en los contratos, debe cumplirse, y que no son válidas las cláusulas en las que la empresa se desentiende de su responsabilidad de manera anticipada o incorporan la posibilidad de hacer cambios unilaterales sin su consentimiento como el aumento de precios.

No obstante, es deber de los consumidores cumplir con sus compromisos contractuales. En caso de incumplimiento, las empresas pueden ponerle término, pero deben informar de aquello al afectado oportunamente, más aún en este tipo de materias considerando las consecuencias asociadas a éste término.

Lo lógico es que las empresas, antes de poner término a un contrato, realicen acciones de cobranza extrajudicial, las cuales también están establecidas en la Ley del Consumidor, donde los consumidores tienen derecho a que se respete su privacidad en el hogar, la convivencia normal de su entorno personal o su situación laboral.

Asimismo, en caso de término de contrato por un determinado incumplimiento, por ejemplo, por el no pago de las obligaciones económicas, deben devolverle todo el dinero que la persona hubiera pagado.

¿Qué acciones puede llevar a cabo una persona que sospeche de incumplimiento de contrato?

Lo primero que tiene que hacer un consumidor cuando siente que sus derechos han sido vulnerados es reclamar ante la empresa.

Cuando no obtiene respuesta o ésta es insatisfactoria, puede recurrir al SERNAC e interponer su reclamo. En el caso de los cementerios también puede reclamar ante la autoridad de salud correspondiente, ejemplo: SEREMI de salud.

¿Cómo denunciar?

Un consumidor puede interponer un reclamo visitando nuestro sitio web www.sernac.cl; llamando en forma gratuita al teléfono 800 700 100 de lunes a viernes de 09:00 a 21:00 horas y sábado de 09:00 a 19:00 horas; a través de las oficinas regionales del SERNAC existentes en cada una de las capitales regionales; y de las Oficinas de Atención Municipal en aquellos municipios con los cuales el Servicio tiene convenios.

Los consumidores pueden reclamar por cualquier incumplimiento a sus derechos; por ejemplo, problemas para ejercer el derecho de garantía, cobros indebidos, cobranzas extrajudiciales abusivas, alzas unilaterales de comisiones, entre otros.

Lo que hace el SERNAC es buscar soluciones oportunas y adecuadas antes de llegar a tribunales. Para ello se comunica con la empresa y le informa del problema y solicita una solución.

Consejos para la contratación:

u2022    Leer y comprender el servicio que se está contratando. No firmarlo si existen dudas. Requerir que todo lo ofertado por el vendedor quede por escrito en el mismo contrato.

u2022    Tener claras las obligaciones. Conocer las condiciones, motivos o formas por las que el contrato pudiera anularse, (mala calidad del servicio, cesantía del contratante, solicitud presencial o telefónica, etc.)

u2022    Verificar que la oferta de la empresa contratada se cumpla. Para ello es recomendable conservar, además del contrato, los soportes publicitarios, a fin de poder comprobar el cumplimiento de lo ofrecido.

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¿Quieres contactarnos? Escríbenos a prensa@latribuna.cl

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