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Corte ordena restituir Beca Bicentenario a estudiante de Derecho: calificó como "arbitraria" medida del Mineduc

por Nicolás Maureira

En fallo unánime, el tribunal de alzada consideró ilegal la actuación del ministerio, al no existir causal válida para la pérdida del beneficio de la alumna de la Universidad Andrés Bello.

El fallo unánime de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción determinó que no existían fundamentos legales para excluir a la alumna del subsidio estatal (imagen referencial) / Pablo Contreras H. (CC); extraída en Depositphotos

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección presentado por una estudiante de Derecho de la Universidad Andrés Bello, a quien el Ministerio de Educación (Mineduc) había retirado la Beca Bicentenario para el año académico 2024.

Según el tribunal, la decisión del Mineduc se basó en una interpretación errónea de la normativa, al considerar como causal de exclusión el hecho de que la alumna cursara, de forma paralela, una segunda carrera a distancia en otra institución.

El beneficio estatal le había sido asignado a la estudiante desde el año 2020, y fue renovado para 2024. Sin embargo, el ministerio decidió revocarlo posteriormente al detectar que la alumna se había matriculado también en una carrera en el Instituto Profesional Providencia.

Según informó el Poder Judicial en su sitio web, para la cartera esta situación implicaba la necesidad de que la beneficiaria ejerciera un "derecho de opción", es decir, escoger una sola carrera para mantener el subsidio. La Corte consideró que esta interpretación no se ajustaba al marco legal aplicable, ya que el segundo programa académico no era elegible para becas por tratarse de un curso a distancia.

FALLO UNÁNIME DE LA CUARTA SALA DEL TRIBUNAL

En el fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Mauricio Silva Pizarro, la ministra Claudia Vilches Toro y el abogado (i) Francisco Santibáñez Yáñez- concluyó que la actuación del Ministerio fue "arbitraria" e "ilegal", al privar a la recurrente de un beneficio que le había sido previamente confirmado.

"No resulta plausible que por un acto posterior, y sin que existan razones jurídicas para ello, se le desconozca tal beneficio", sostiene el dictamen.

La resolución también hace énfasis en que la estudiante cumplía con los requisitos académicos para mantener la beca y no poseía un título técnico o profesional previo. En ese sentido, el fallo establece que la cartera no tenía fundamentos legales para retirar la ayuda estatal, lo que en la práctica significaba impedirle continuar con sus estudios de Derecho.

"La actuación del ministerio deviene en una conducta guiada por su mero capricho", advierte la sentencia.

El tribunal determinó que la conducta del Mineduc vulneró el derecho a la igualdad ante la ley, al otorgar a la alumna un trato distinto al del resto de los beneficiarios en circunstancias similares. Por lo tanto, ordenó restituir la Beca Bicentenario para cubrir el arancel correspondiente al año académico 2024 en la Universidad Andrés Bello, instruyendo además el pago directo a dicha casa de estudios.

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