Política

Buscan establecer penas de cárcel y multas a la venta ilegal de medicamentos

El Instituto de Salud Pública (ISP) entregó cifras que dan a conocer que el decomiso de fármacos entre el 2021 y 2022 creció un mil por ciento.

Medicamentos, Senado
Medicamentos / FUENTE: Senado

Un mil por ciento creció el decomiso de fármacos entre el 2021 y el 2022, en la región Metropolitana, de acuerdo a las cifras entregadas por el Instituto de Salud Pública (ISP). En ese contexto, la Comisión de Salud presentó una moción que regula la comercialización de productos farmacéuticos y sanciona su venta ilegal.

De acuerdo a lo explicado por el presidente de la instancia, el senador Juan Luis Castro, la norma en primer trámite que también cuenta con el apoyo de los legisladores Javier Macaya, Francisco Chahuán, Ximena Órdenes y Juan Ignacio Latorre, contempla el endurecimiento de sanciones penales y sanitarias para quienes vendan medicamentos en lugares no destinado para ello y fármacos adulterados, como para quienes los prescriben o faciliten estos hechos.

Hoy la ley permite perseguir como delito, la comercialización ilícita solo de medicamentos sujetos a control legal, como es el caso de los psicotrópicos y estupefacientes. No es posible la detención y penalización de personas que venden medicamentos por vías no autorizadas.

La propuesta será revisada por la Comisión de Salud, y en un segundo momento por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.

El senador Castro también precisó que "le solicitamos como Comisión al Ministerio de Salud, que evalúe presentar una indicación sustitutiva al texto que revisa la Comisión Mixta de Fármacos 2, de manera de asegurar una baja real de precios. Solo así la gente no recurrirá a alternativas más baratas pero peligrosas para obtener sus remedios".

Cabe recordar que el pasado lunes 17 de abril, el ISP entregó antecedentes sobre el creciente aumento que ha experimentado la venta ilegal de medicamentos en lugares no autorizados como la vía pública, redes sociales, ferias y estaciones de metro.

De acuerdo a las cifras entregadas, entre el 2021 y el 2022 se registró un incremento de un 400% de robos a camiones de transporte de productos farmacéuticos que han sido notificados al ISP por las farmacias y laboratorios; y un mil por ciento de decomiso de fármacos. En este caso se pudo detectar que los productos provienen de farmacias establecidas que venden al por mayor a los vendedores ilegales.

PROYECTO DE LEY

El proyecto de ley establece que "Las farmacias y los establecimientos farmacéuticos serán los únicos facultados para expender productos farmacéuticos a personas naturales, cualquiera sea su condición de venta, estándoles expresamente vedada la distribución de los mismos.

Se entenderá por distribución, el reparto de medicamentos a cualquier persona natural o jurídica, en cantidades que excedan aquellas que regularmente se destinan a un tratamiento médico.

El profesional de la salud que, estando legalmente habilitado para prescribir, recetare a sabiendas medicamentos en cantidades que excedan a aquellas que regularmente se destinan a un tratamiento médico, con la finalidad de destinarlos al comercio en lugares o modalidades no autorizadas por la autoridad sanitaria será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio.

El que venda, intercambie, permute o expenda un producto farmacéutico, sea de uso humano o veterinario, en lugares no autorizados por la autoridad sanitaria para esos fines, cualquiera sea su condición de venta, será sancionado con la pena de presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de cincuenta unidades tributarias mensuales. Recibirá igual pena quien comercialice este tipo de productos por internet, redes sociales o por otros canales que no cuenten con la debida autorización.

El que fabrique, importe, reacondicione, venda, intercambie, permute, distribuya o expenda un producto farmacéutico falsificado, sea de uso humano o veterinario, será sancionado con la pena de presidio mayor en sus grados medio a máximo y multa de 200 UTM. Se entenderá para estos efectos como falsificado, aquel producto manufacturado indebidamente, de manera deliberada y fraudulenta, en lo que respecta a su identidad o su origen.

El propietario de un establecimiento autorizado para expender medicamentos que incurra en la conducta de distribución de éstos, en cantidades que excedan a aquellas que regularmente se destinan a un tratamiento médico, será penado con presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de 100 UTM".




matomo