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La Tribuna

¿En qué consiste la nueva Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensión de alimentos?

por Stephanie Ramírez M.

El mecanismo o procedimiento especial de pago se aplicará cuando la persona deudora de alimentos deba, al menos, una mensualidad de la pensión, que fue fijada por un tribunal de familia. En el caso de que no exista conocimiento de las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros, se procederá a aplicar el Procedimiento Especial.

#LeyDeResponsabilidadParental / Contexto

Este sábado 20 de mayo entra en vigencia la nueva Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, que tiene como propósito implementar nuevos mecanismos de pago permanente de estas deudas a los niños, niñas y madres.

Una iniciativa que impulsa el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género que además busca mejorar el acceso a la información financiera de los deudores. Por lo que ahora el Estado será el encargado de investigar las cuentas bancarias u otros instrumentos financieros que posean estas personas.

Según datos del Poder Judicial el 84% de las pensiones de alimentos en Chile se encuentran impagas y nueve de cada diez demandas presentadas en tribunales son contra hombres. Esa preocupante realidad llevó a legislar para adoptar medidas en favor de los menores, aprobándose la ley de responsabilidad parental, más conocida como "Ley Papito Corazón", que persigue garantizar que los deudores paguen la pensión de alimentos que deben a sus hijas e hijos. 

Así lo afirmó, la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, quien expresó que "Lo que estamos haciendo como gobierno es ayudar alivianar la mochila judicial y dar solución a problemas que aquejan a mujeres y a hombres también pero principalmente mujeres de todo el país, de todas las regiones, en todas las comunas y de todas las realidades socioeconómicas".

Asimismo, recordó que fue a principios del año 2022 que comenzó a implementarse el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, una ley que fue aprobada en el anterior gobierno, a raíz de la pandemia del Covid-19.

Al respecto, Orellana enfatizó que "El abandono parental es algo muy arraigado en nuestro país, las pensiones de alimentos son un problema económico que va más allá de solamente del incumplimiento del derecho que tienen los niños y niñas a que se les dote de los recursos necesarios para su desarrollo integral".  

De esta manera, la ministra aseguró que las madres y personas cuidadores van a poder contar con un mecanismo concreto y una solución real para poder buscar el patrimonio del deudor y pagar las deudas de pensiones de alimentos. "Como ha dicho el presidente Boric en otras instancias, no las vamos a dejar solas", concluyó.

¿Qué contempla la nueva ley?

La nueva ley contempla distintas herramientas que permiten hacer cobro permanente de una deuda de pensión de alimento:

1.     Obtener el pago a través de las cuentas bancarias de los deudores. 

Para iniciar este procedimiento especial es necesario que el o la representante de los niños o niñas solicite esta retención de fondos que la persona deudora tenga en sus cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión.

2.     Los tribunales podrán acceder a los fondos de AFP de los deudores.

En caso de que el deudor no tenga dinero en sus cuentas o sus fondos sean insuficientes, podrás solicitar esta opción. Para pedir este tipo de procedimiento, la deuda debe estar al día, es decir, ajustada en UTM e informada al tribunal; de lo contrario, el proceso será más largo y complejo.

Ferreira recuerda que "primero se investiga si tiene dinero en cuentas corrientes, visitas o instrumentos de inversión y luego pasará a los fondos de AFP".

3.     No podrá pedir rebajas o cese de la pensión si tiene deudas pendientes.

Es una de las medidas más relevantes, ya que pone más presión para conseguir el pago. Antes los deudores sí podían rebajar las pensiones sin haber pagado la deuda.

4.     Los cuidados serán tasados y ponderados por el juez para ser considerados como gastos de alimentos.

"Les sugiero a las mujeres que están en proceso judicial que reagenden la mediación después del 20 de mayo para que esto sea considerado", recomienda la abogada

Esta última medida es una de las más relevantes, ya que "muchos creen que las madres no aportan en nada, invisibilizando el trabajo de cuidados".

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