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La Tribuna

Conozca las restricciones para el comercio y sus derechos laborales durante las Elecciones del 24 de noviembre

por Pía Oliva Moscoso

La Dirección del Trabajo fiscalizará el cumplimiento del feriado legal para los trabajadores de malls y strip centers, además de asegurar el derecho de los trabajadores a votar y cumplir funciones electorales. Las infracciones pueden acarrear multas de hasta 60 UTM.

Conozca las restricciones para el Comercio y sus derechos laborales durante las Elecciones del 24 de noviembre / Cedida

Este domingo 24 de noviembre, en 11 regiones del país se realizarán las elecciones de segunda vuelta para elegir gobernadores regionales, por lo que comienza a regir una serie de normativas laborales para proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras. El director del Trabajo, Pablo Zenteno, informó sobre las exigencias legales que deberán cumplirse durante las elecciones, especialmente en lo que respecta al funcionamiento del comercio.

Las regiones que realizarán estas elecciones son Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía y Los Lagos. La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el feriado legal, obligatorio e irrenunciables de comercio, el derecho de sufragio o excusa legal de al menos 3 horas y el permiso necesario para ejercer como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.

RESTRICCIONES AL COMERCIO

En cuanto al comercio, el director del Trabajo fue enfático al señalar que los malls y strip centers, que son administrados por una sola razón social o personalidad jurídica, deberán permanecer cerrados durante todo el día domingo, en cumplimiento con el feriado legal obligatorio e irrenunciable para sus trabajadores. Esta medida no afecta al resto del comercio, como supermercados, grandes tiendas y otros establecimientos con administración propia, los cuales podrán operar con normalidad.

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

Zenteno también destacó que los trabajadores que deban laborar el día de las elecciones, debido a jornadas excepcionales o trabajo continuo autorizado, tienen derecho a un permiso de tres horas para ir a votar o para excusarse si corresponde.

"También aquellos trabajadores y trabajadoras que fueron designados vocales de mesa pueden contar con el permiso por todo el tiempo que dure ese trabajo y no pueden sufrir disminución de sus remuneraciones o menoscabos de ningún tipo", señaló el director del Trabajo.

FISCALIZACIÓN Y MULTAS

La Dirección del Trabajo realizará una fiscalización activa durante la jornada electoral, atendiendo denuncias a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) al número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 24 de noviembre. Las fiscalizaciones se centrarán en tres áreas principales:

  1. No otorgamiento de feriado legal obligatorio en centros comerciales administrados por una sola razón social o personalidad jurídica. Las multas por esta infracción van desde 3 hasta 60 UTM ($199.884 a $3.997.680), dependiendo del tamaño de la empresa.
  2. No otorgamiento de permisos a trabajadores designados como vocales de mesa o miembros de colegios escrutadores. Las multas también oscilan entre 3 y 60 UTM, según el tamaño de la empresa.
  3. No otorgamiento del permiso de 3 horas para sufragar. Las sanciones por este incumplimiento son similares, con multas que van de 3 a 60 UTM.

Con estas medidas, la DT busca asegurar que los derechos de los trabajadores sean respetados durante el proceso electoral, garantizando su capacidad de sufragar y cumplir con sus obligaciones cívicas sin perjuicio de su empleo.

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