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Nueva cotización al empleador, aumento PGU y regulaciones a la industria: Los principales ejes de la reforma de pensiones

por Nicolás Maureira

Con la aprobación de la reforma, el Estado busca mejorar la equidad en el sistema de pensiones y reducir costos en la administración de los fondos.

Imagen de contexto / Internet

El miércoles 29 de enero de 2025, después de una extensa jornada de discusión, la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó la reforma de pensiones, proyecto de ley impulsado por el gobierno del Presidente Gabriel Boric.

Esta iniciativa, considerada como el cambio más significativo al sistema previsional desde su creación en 1981, busca mejorar las jubilaciones de aproximadamente 2,8 millones de personas, apuntó el Gobierno de Chile en su página web.

La sesión en la Cámara Baja, como se mencionó, se extendió por más de ocho horas, culminando con una votación favorable de 110 votos a favor y 38 en contra. Tras esta aprobación, la reforma fue despachada a ley, evitando la necesidad de una comisión mixta.

Tras la sesión, ministros de Estado y diputados celebraron el acuerdo con fotografías en la propia sala de la Cámara Baja, y en redes sociales se anunció esta noticia bajo el lema "Chile tendrá mejores pensiones". El mismo Presidente Boric dio una cadena nacional en la noche del miércoles explicando este acuerdo. Pero, ¿en qué consiste esta reforma?

A un día y par de horas del acuerdo previsional -que de aprobarse en el Tribunal Constitucional dará paso a su promulgación por parte del Presidente Boric- en Diario La Tribuna te detallamos los principales cambios que introduce la nueva ley y su impacto en los cotizantes.

NUEVA COTIZACIÓN DEL 7% CON CARGO AL EMPLEADOR

La seremi del Trabajo y Prevención Social, Sandra Quintana, en entrevista con Radio San Cristóbal, explicó que la reforma previsional se basa en tres principales ejes: contributivo, no contributivo y regulación del mercado.

Uno de los cambios más significativos de la reforma está en el pilar contributivo, ya que incorporará una cotización adicional del 7% con cargo al empleador, lo que se sumará al 1,5% que ya se destina al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). En total, el aporte ascenderá a un 8,5%, distribuyéndose en un 4% administrado por un nuevo Seguro Social y un 4,5% de capitalización individual (ver recuadro).

La implementación de esta cotización será gradual y se extenderá por un período de nueve años, con la posibilidad de ampliarse hasta once según la recaudación obtenida a través de la Ley de Cumplimiento Tributario.

COMPENSACIÓN A MUJERES Y BENEFICIO POR AÑOS COTIZADOS

Otro eje en la reforma es la compensación dirigida a las mujeres, quienes tienen una mayor expectativa de vida en comparación con los hombres. Esta medida busca, según explicó el gobierno, equilibrar las pensiones entre géneros, permitiendo que una mujer y un hombre que jubilen a los 65 años y tengan el mismo ahorro reciban una pensión equivalente. El monto de este beneficio tendrá un valor mínimo de 0,25 UF.

Además, se incorpora un nuevo beneficio por año cotizado, que otorgará 0,1 UF por cada año de cotización, con un tope máximo de 25 años. En el caso de las mujeres, accederán a este beneficio con al menos diez años de cotización durante la primera década de implementación de la reforma, umbral que posteriormente aumentará a 15 años. Para los hombres, el requisito será de al menos 20 años cotizados.

AUMENTO GRADUAL DE LA PGU A $250.000

Otro de los puntos de la reforma es el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual pasará a $250.000. Este incremento (que forma parte del eje no contributivo) se implementará de manera progresiva tras la publicación de la ley (ver recuadro).

Además, aquellos beneficiarios incluidos en los informes Valech y Rettig, así como los exonerados políticos, accederán a este aumento bajo la misma gradualidad y cortes etarios.

REGULACIONES A LA INDUSTRIA DE AFP

Para reducir los costos asociados a la administración de los fondos de pensiones, la reforma establece un nuevo mecanismo de licitación que busca fomentar la competencia entre las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Cada dos años, se licitará el 10% de los afiliados actuales de las AFP de manera aleatoria, adjudicándose el proceso a la administradora que ofrezca la menor comisión.

Asimismo, se refuerza la libertad de los afiliados para cambiar de inversor o desistir de la licitación en cualquier momento, permitiendo mayor flexibilidad en la administración de sus ahorros previsionales.

DISTRIBUCIÓN DEL 8,5% DEL EMPLEADOR

  • 4% administrado por un nuevo Seguro Social, que contempla un 2,5% destinado al SIS y a la compensación de mujeres, y un 1,5% para una cotización con rentabilidad protegida
  • 4,5% de capitalización individual, manteniendo parte del ahorro en cuentas personales de los cotizantes

INCREMENTO GRADUAL PGU

  • A los 6 meses: beneficiarios de 82 años o más
  • A los 18 meses: beneficiarios de 75 años o más
  • A los 30 meses: beneficiarios de 65 años o más
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