Previsión social

¿Qué trabajadores a honorarios deben realizar cotizaciones previsionales?

La ley 21.133 incorpora de manera obligatoria al sistema previsional a los y las trabajadoras, tanto del sector público como del privado

Trabajadores honorarios, Diario La Tribuna
Trabajadores honorarios / FUENTE: Diario La Tribuna

La ley 21.133 incorpora de manera obligatoria al sistema previsional a los y las trabajadoras, tanto del sector público como del privado, que emiten boletas de honorarios, en un año, por un monto bruto igual o mayor a cinco ingresos mínimos.

¿Quiénes no están obligados a cotizar por el ingreso de sus boletas de honorarios?

-Hombres que al 1 de enero de 2023 tengan 60 años o más, o mujeres que a esa fecha tengan 55 años o más.

-Personas que durante el 2022 emitieron boletas de honorarios por rentas anuales inferiores a cinco ingresos mínimos.

- Personas que tiene otros sistemas previsionales:

+ Sistema Antiguo administrado por el IPS (Ex-INP)

+ Capredena o Dipreca

- Trabajadores que ya coticen por el tope imponible respecto de otros ingresos laborales.

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