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La Tribuna

Ante Alerta Sanitaria: Uso de mascarillas será obligatoria en establecimientos de urgencia

por María José Villagran Barra

Los efectos de este decreto tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2025, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten o de prorrogarlo en caso de que estas no mejoren.

Mascarilla / Freepik

A raíz del aumento de distintos virus respiratorios registrados durante las últimas semanas, el uso de las mascarillas será obligatoria en todos los establecimientos de urgencia.

En el caso de la Atención Primaria de Salud de Los Ángeles, la medida se aplicará en los SAR Norte y Entre Ríos; en los SAPU Nuevo Horizonte, Dos de Septiembre, Sur y Nororiente; y el SUR Santa Fe.

De igual forma, también se requerirá el uso de mascarilla en el Servicio de Urgencias del Complejo Asistencial "Dr. Víctor Ríos Ruiz" de Los Ángeles, así como también en clínicas privadas.

De acuerdo a lo informado por el Ministerio de Salud, este lunes se publicó en el Diario Oficial la Alerta Sanitaria por Virus Respiratorios, adoptada ante la llegada del otoño, donde se registra un incremento de las enfermedades respiratorias.

La medida busca "abordar esta amenaza a la salud pública, ejecutando las acciones coordinadas preventivas a través de las instituciones del Sector Salud pertinentes, antes que comience el periodo invernal, ya que es necesario anticiparse y prevenir brotes de virus respiratorios", explicaron desde la cartera a través de un comunicado.

Además, el decreto ordena el uso obligatorio de mascarillas y otros dispositivos médicos afines en las unidades o establecimientos destinadas a la atención de urgencia.

Igualmente, la alerta indica que se podrá extender la utilización de cubrebocas a otros lugares de acceso público o donde exista aglomeración de personas si la evolución de los virus así lo amerita para evitar su propagación.

Los efectos de este decreto tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2025, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten o de prorrogarlo en caso de que estas no mejoren.

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