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Fiscal de la SNA detalló la forma en que se implementará la Ley de 40 Horas en el agro

por Jorge Guzmán Buchón

La jornada podrá distribuirse en distintas fórmulas para otorgar mayor flexibilidad, ya sea de manera semanal o sobre la base de los promedios semanales, se indicó desde la organización gremial.

La SNA llamó a los legisladores a tener una mirada especial a la agricultura, en especial en lo que respecta a la jornada laboral. / Diario La Tribuna

El fiscal de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), Manuel Ignacio Hertz Zúñiga, explicó la forma cómo se deberá aplicar la Ley de 40 Horas en el sector agrícola para los distintos tipos de trabajadores del rubro, detallando las distintas opciones que considera la legislación.

Sin embargo, el dirigente criticó que en la normativa no se considerara la realidad de las distintas zonas donde se desarrolla la agricultura y sus particulares condiciones.

La ley de las 40 Horas se publicó el 26 de abril del año 2023 y estableció, a partir de este año, una rebaja gradual de 45 a 40 horas la jornada de trabajo ordinaria. En consecuencia, al 26 de abril de 2028 llegará a las 40 horas que, según Hertz, "se aplicará también a gran parte de los trabajadores agrícolas".

Según el fiscal de la SNA, los empleados en los sectores rurales "están sujetos a la jornada de trabajo ordinaria y aplicará para los trabajadores de temporada, los permanentes no sujetos al artículo 88 del Código del Trabajo, administrativos", entre otros.

Añadió que "el Código del Trabajo establece la posibilidad que los trabajadores agrícolas tengan una jornada anualizada, dependiendo de la zona donde se encuentren, las condiciones climáticas y otras circunstancias propias de la agricultura".

El fiscal ejemplificó lo anterior con "distintos rubros de la agricultura o en zonas extremas, donde pueden trabajarse menos horas en invierno y más horas en el verano. El artículo 88 permite que se pueda generar una jornada anualizada, pero para eso los trabajadores tienen que estar contratados de lunes a sábado, ser permanentes y tener una jornada promedio de 7,5 horas diarias".

Manuel Ignacio Hertz añadió que "en los otros trabajadores, permanentes que operan de lunes a viernes; los de temporada, que son un porcentaje importante, o los administrativos y de empresas comerciales derivadas de la agricultura, entran a regir con la gradualidad indicada".

En ese marco, precisó que "la ley establece que esta modificación se entiende incorporada en los contratos. No es necesario hacer nuevos contratos o anexos, sino que se entiende que la ley se incorpora a los contratos".

APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA LEY

El directivo relevó que "no se puede rebajar proporcionalmente el monto de las remuneraciones de los trabajadores, que también lo estableció la ley. También se incorporan otros aspectos, como ciertas normas de flexibilidad. Por ejemplo, antes la jornada podía dividirse en no menos de cinco ni más de seis días; ahora puede ser en no menos de cuatro ni más de seis".

También fue específico en señalar que "la jornada puede distribuirse semanalmente o sobre la base promedios semanales, en lapsos de hasta cuatro semanas. Podría darse no solamente una jornada de 44 horas, sino que empresas podrían decir que van a promediar la jornada en cuatro semanas". Hertz Zúñiga lo ejemplificó diciendo que "se puede tener 45 horas durante dos semanas y las otras semanas con 43 horas, promediando 44".

El fiscal de la SNA consideró que estos cambios legales "van a afectar al sector agrícola y tienen un impacto en todas las actividades productivas".

A su juicio, "lo importante es ver cómo planificar estas nuevas jornadas laborales y por eso la gradualidad es beneficiosa. Permite a los agricultores poder planificarse de aquí en adelante".

Manuel Ignacio Hertz Zúñiga observó que la aplicación paulatina "permite advertir posibles aspectos a corregir o mejorar", aunque recalcó que "más allá de esta ley, el sector agrícola requiere de una mirada especial por parte del legislador, especialmente en el tema de la jornada de trabajo".

CRITICAS

Para el representante de la SNA, "más allá de que como país nos hayamos dado este acuerdo, estas normas de jornada de trabajo están pensadas desde y para la ciudad, y la realidad del campo es muy distinta".

Para el fiscal, "las autoridades y los legisladores debieran tener en cuenta la posibilidad de mejorar o de corregir que exista mayor flexibilidad en la jornada de trabajo para la agricultura", haciendo ver que "hay momentos, como los periodos de cosecha o periodos críticos para la agricultura, en que las horas de trabajo actuales no alcanzan".

A su juicio, "cuando hay voluntad y hay acuerdos de las partes de trabajar un poco más, la ley no te lo permite. Ahí creemos que debiera haber mayor flexibilidad y le pedimos a la autoridad y los parlamentarios legislar en torno a esto considerando la realidad del sector agrícola", cerró.

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