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La Tribuna

Cuatro concejales de Laja pedirán inhabilitar a alcalde tras condena por acoso sexual

por María José Villagran Barra

"El principio de probidad en la función pública exige que quienes ocupan cargos públicos de representación se comporten de manera íntegra, honesta y leal, privilegiando siempre el interés general sobre el particular", sostuvieron los ediles en una misiva.

Alcalde de Laja, Roberto Quintana / Redes Sociales

Cuatro de los seis concejales de la comuna de Laja buscarán inhabilitar al edil Roberto Quintana de sus funciones, tras ser condenado por el delito de acoso sexual en contra de una funcionaria del municipio en agosto de 2021.

"En vista de los recientes acontecimientos relacionados con el señor Roberto Quintana Inostroza, quien ocupa el cargo de alcalde en nuestra comuna, y en cumplimiento de nuestras responsabilidades como representantes electos de la ciudadanía, hemos decidido tomar acciones ante los organismos pertinentes, como lo son la Contraloría General de la República de Chile y el Tribunal Electoral Regional según corresponda y de acuerdo a nuestros asesores legales", expresa un comunicado emitido por los ediles Néstor Rozas, Patricio Villalobos, Jhonny González y María Isabel Araneda.

El texto agrega que el motivo de ello radica solicitar la inhabilitación de Quintana del cargo que ocupa, en virtud de la condena por acoso sexual en su contra sentenciada por el tribunal lajino.

"La gravedad de esta situación no puede ser ignorada, especialmente en un contexto donde el respeto, la integridad y la ética son fundamentales en el ejercicio de la función pública, más aún cuando se trata de la persona que ostenta el máximo poder en la comuna", agrega el escrito.

El documento apela a que el principio de probidad en la función pública exige que quienes ocupan cargos públicos de representación se comporten de manera íntegra, honesta y leal, privilegiando siempre el interés general sobre el particular.

De igual forma, extendieron su solidaridad a todas aquellas personas afectadas por situaciones de acoso sexual y reiteraron su compromiso de trabajar por una sociedad más justa, inclusiva y respetuosa.

LOS HECHOS

En un juicio oral simplificado, y tras la deliberación de rigor, el magistrado Josué Martínez Pinto dio por acreditado tanto la ocurrencia del delito de acoso sexual a una funcionaria del municipio, así como la participación de Roberto Quintana, alcalde de la comuna de Laja, en los hechos.

El juicio en contra de Quintana comenzó el miércoles 24 de abril y se extendió por tres días; el viernes 26 de abril, se supo el veredicto adoptado por el magistrado de declararlo culpable de por dicho delito.

Según lo expresado en la resolución, "la decisión se sustenta principalmente en que el mérito de la prueba de cargo rendida por el Ministerio Público y la querellante, consistente en testimonial, audiovisual, documental, gráfica, resultó suficiente, a juicio de este sentenciador, para dar por establecidos los hechos, habiéndose contado con un claro y detallado relato de la víctima que se aviene con lo declarado por los testigos de oídas, que resultó plenamente coherente con la prueba documental, gráfica y audiovisual referida, permitiendo establecer la existencia de las acciones que se atribuyen al encartado en su contexto espacial y temporal que se atribuye al encartado, como asimismo la participación que en este ilícito se atribuye al mismo".

Respecto a la calificación jurídica del delito por parte del querellante, que acusó por abuso sexual al edil, el magistrado la rechazó al establecer que al actuar la querellante en el procedimiento en calidad de coadyudante del Ministerio Público, "su pretensión punitiva debe ajustarse al requerimiento presentado por el ente persecutor".

De esta manera, el veredicto confirmó la responsabilidad del alcalde en este caso, generando gran atención en la opinión pública.

Tras la lectura de sentencia, audiencia que se realizó el martes recién pasado, el tribunal resolvió condenarlo a 40 días de cárcel, a una multa de 5 UTM y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena.

Sin embargo, la pena privativa de libertad fue sustituida por la de remisión condicional, debiendo quedar bajo la observación de Gendarmería de Chile por el plazo de un año.

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