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La Tribuna

Titular de Interior por negación de recursos en combate al fuego: Colaborar "es una obligación"

por Glenda V. Ahumada Gutiérrez

Carolina Tohá señaló que "para decirlo de manera muy clara, cuando hay emergencias colaborar no es solo buena voluntad, es una obligación. La sobrevivencia de todos depende de la colaboración de todos".

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Por estos días, durante el combate de los incendios forestales que han afectado las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía, generó diversas reacciones de las autoridades el que empresarios y propietarios de predios negaran el uso de sus recursos para contener la emergencia.

Ante tal escenario, la autoridad representada por la Delegación Presidencial Regional, interpuso una querella en contra de una persona que negó al brigadista piloto español Felipe Bru sacar agua de su predio para combatir el incendio registrado en Yumbel.

La presentación de esta querella apunta a penas de presidio menor en su grado mínimo a medio para quien dificulte el actuar de Bomberos, brigadistas u otros servicios destinados a combatir un incendio que constituya peligro para las personas.

Al respecto, en su visita a Nacimiento la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá, señaló que “para decirlo de manera muy clara, cuando hay emergencias colaborar no es solo buena voluntad, es una obligación. La sobrevivencia de todos depende de la colaboración de todos”.

Añadió que “pasa lo mismo que en pandemia, si una persona, por ejemplo, se niega usar la mascarilla, nos ponía en riesgo a todos los demás. En los incendios es similar, y para eso la ley entrega una serie de facultades extraordinarias que no hay en tiempos habituales para que los instrumentos, los bienes y los recursos que son necesarios para combatir la emergencia estén todos a disposición de salvar vidas. Incluso, se puede llegar a requisar vehículos de ser necesario para enfrentar la emergencia. Entonces, lo que se está haciendo aquí es hacer que la ley funcione”, sostuvo la máxima autoridad de seguridad.

ORIGEN Y CAUSAS

Al consultar este tema con el seremi de Gobierno en la región del Biobío, Eduardo Vivanco, manifestó que “la voluntad del Gobierno es decididamente llegar al origen y causas de cada uno de los incendios y presuntas responsabilidades finales que pudieran tener las personas que los inician, toda vez que el 99 por ciento de los incendios son por causas humanas. Entonces es necesario llegar al origen de estos incendios y castigar a los culpables que así determine el proceso investigativo”.

“Este proceso ya ha sido ordenado y está en manos de la Policía de Investigaciones, existen en nuestra provincia 55 denuncias que ya están siendo procesadas", afirmó Vivanco.

Cabe señalar que hay dos querellas presentadas por el Gobierno en contra de las personas que hayan negado sus recursos particulares a brigadistas que combaten incendios forestales en las regiones con Estado de Catástrofe.

AVANCES DEL PROCESO

Respecto al plazo, el seremi señaló que “el periodo para realizar las investigaciones está a cargo del Ministerio Público, organismo que ordena las investigaciones, su avance y cualquier diligencia relacionada, pero no hay plazo fijo. Ahora, si se identifican presuntos culpables y se imputan delitos específicos a personas, entonces el proceso se acota a un plazo máximo de dos años”, aseguró.

Por otra parte, el rol principal que tiene el Gobierno es otorgar todas las capacidades y recursos necesarios del Estado para que este proceso sea eficaz. “Las personas que provocan incendios forestales efectivamente están cometiendo un delito de acuerdo a la Ley 20.653, que obviamente es sancionado con penas que van desde los cinco años y un día de presidio hasta los 20 años de privación de libertad según el delito que cometa”, sostuvo el seremi.

Sobre las penas específicas que arriesgan los que sean hallados responsables de los incendios, Eduardo Vivanco sostuvo que “esto puede ser delito de empleo de fuego en contra de la ley de bosques y ahí la pena es presidio menor en su grado mínimo a medio desde los 61 días hasta los tres años, o también se aplican multas a beneficio fiscal desde las 11 a 50 UTM”.

“Otro delito es usar fuego infringiendo las disposiciones legales reglamentarias, y para esos casos la pena que se arriesga es presidio menor en su grado medio a máximo, desde los 541 días a cinco años de cárcel más multas desde las 50 a las 150 UTM”, comentó, añadiendo que el delito más grave tipificado es el delito culposo de provocar incendio que cause daños a bienes, que está aludido en el inciso segundo del artículo 22 de la Ley de Bosques.

Cabe señalar que en un Estado de Catástrofe las autoridades por ley están facultadas a hacer uso de todo bien requerido para combatir la emergencia, que por lo demás, posteriormente son compensados al afectado.

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