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La Tribuna

Bono de invierno: dónde confirmar si le corresponde el beneficio

por Jorge Guzmán Buchón

Para conocer si es beneficiario, debe visitar la página web www.bonoinviernochileapoya.cl. Recuerde que para este bono no es necesario postular y lo recibirán quienes cumplan con los requisitos determinados por la autoridad.

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Desde hoy, viernes 05 de agosto, comenzará el depósito del Bono Chile Apoya de Invierno, el cual beneficiará a más de siete millones de chilenos con un monto de $120 mil. Se entregará un solo aporte por cada integrante que sea beneficiario o causante.

Los pagos serán realizados por el Instituto de Previsión Social, IPS, que iniciará los pagos a un primer grupo de beneficiarias, que corresponden a aquellas personas que usualmente reciben beneficios del Estado, o sea, aquellos que están en Asignación Familiar, en Subsidio Único Familiar o en el Subsidio de Discapacidad Mental y abarca a cerca de 4,5 millones de personas.

Quienes deseen conocer su lugar y fecha de pago, lo pueden hacer visitando el sitio web www.bonoinviernochileapoya.cl y complementariamente a  través de www.chileatiende.cl.

- ¿Quiénes tienen derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno?

- El Bono se entregará en beneficio de las siguientes personas:

  1. Causantes del Subsidio Familiar y de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021, cuyos beneficiarios recibieron el respectivo pago de la asignación a esa fecha.
  2. Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
  3. Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban ese aporte en el mes de julio de 2022.
  4. Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad Mental (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron ese aporte en julio de 2022.
  5. Familias usuarias del subsistema "Seguridades y Oportunidades" (Ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (Ley N° 20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas en situación con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.
  6. Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable en el Registro Social de Hogares, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.

- ¿Quiénes son las primeras personas que comenzarán a recibir el Bono desde el 5 de agosto?

- El primer grupo por pagarse desde el día 5 de agosto en adelante corresponde a más de 4 millones 500 mil bonos para los siguientes grupos:

  1. Causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar (SUF) al 31 de diciembre de 2021.
  2. Personas que recibieron el Bono de Invierno 2022.
  3. Personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) al 30 de junio de 2022.
  4. Beneficiarios/as de Subsidio de Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022.
  5. Se estima que cerca del 80% de los pagos se harán a través de depósitos automáticos que abonará el IPS en las cuentas de las personas.

- ¿Cuándo recibirán el beneficio las demás personas con derecho?

- La segunda nómina de pagos se preparará con la información que entregará el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de acuerdo con la actualización del Registro Social de Hogares que se realice al 1 de agosto. Esa segunda fecha de pago -durante el mes de agosto- se informará oportunamente una vez realizadas las actualizaciones del Registro.

- ¿Es necesario postular?

- No. Este beneficio se concederá automáticamente a las personas que cumplan alguna de las condiciones anteriormente descritas.

- ¿Cuál es su monto?

- El bono corresponde a $120 mil y se entregará un solo aporte por cada integrante que sea beneficiario o causante.

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