Economía

Bono de invierno: dónde confirmar si le corresponde el beneficio

Para conocer si es beneficiario, debe visitar la página web www.bonoinviernochileapoya.cl. Recuerde que para este bono no es necesario postular y lo recibirán quienes cumplan con los requisitos determinados por la autoridad.

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Desde hoy, viernes 05 de agosto, comenzará el depósito del Bono Chile Apoya de Invierno, el cual beneficiará a más de siete millones de chilenos con un monto de $120 mil. Se entregará un solo aporte por cada integrante que sea beneficiario o causante.

Los pagos serán realizados por el Instituto de Previsión Social, IPS, que iniciará los pagos a un primer grupo de beneficiarias, que corresponden a aquellas personas que usualmente reciben beneficios del Estado, o sea, aquellos que están en Asignación Familiar, en Subsidio Único Familiar o en el Subsidio de Discapacidad Mental y abarca a cerca de 4,5 millones de personas.

Quienes deseen conocer su lugar y fecha de pago, lo pueden hacer visitando el sitio web www.bonoinviernochileapoya.cl y complementariamente a  través de www.chileatiende.cl.

- ¿Quiénes tienen derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno?

- El Bono se entregará en beneficio de las siguientes personas:

  1. Causantes del Subsidio Familiar y de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021, cuyos beneficiarios recibieron el respectivo pago de la asignación a esa fecha.
  2. Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
  3. Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban ese aporte en el mes de julio de 2022.
  4. Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad Mental (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron ese aporte en julio de 2022.
  5. Familias usuarias del subsistema "Seguridades y Oportunidades" (Ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (Ley N° 20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas en situación con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.
  6. Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable en el Registro Social de Hogares, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.

- ¿Quiénes son las primeras personas que comenzarán a recibir el Bono desde el 5 de agosto?

- El primer grupo por pagarse desde el día 5 de agosto en adelante corresponde a más de 4 millones 500 mil bonos para los siguientes grupos:

  1. Causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar (SUF) al 31 de diciembre de 2021.
  2. Personas que recibieron el Bono de Invierno 2022.
  3. Personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) al 30 de junio de 2022.
  4. Beneficiarios/as de Subsidio de Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022.
  5. Se estima que cerca del 80% de los pagos se harán a través de depósitos automáticos que abonará el IPS en las cuentas de las personas.

- ¿Cuándo recibirán el beneficio las demás personas con derecho?

- La segunda nómina de pagos se preparará con la información que entregará el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de acuerdo con la actualización del Registro Social de Hogares que se realice al 1 de agosto. Esa segunda fecha de pago -durante el mes de agosto- se informará oportunamente una vez realizadas las actualizaciones del Registro.

- ¿Es necesario postular?

- No. Este beneficio se concederá automáticamente a las personas que cumplan alguna de las condiciones anteriormente descritas.

- ¿Cuál es su monto?

- El bono corresponde a $120 mil y se entregará un solo aporte por cada integrante que sea beneficiario o causante.




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