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La Tribuna

Publican reglamentos para regular Programa de Garantías de Apoyo al Sobreendeudamiento e implementar cambios a Ley Fogaes

por Jorge Guzmán Buchón

También entra en vigor la medida que permite a la banca refinanciar deudas de personas con alto nivel de endeudamiento, con un tope de 160 UF.

Foto de contexto. / Ministerio de Hacienda

En el Diario Oficial se publicaron el sábado 22 de junio cinco modificaciones y/o reglamentos que regulan el Fondo de Garantías Especiales (Fogaes), el Programa de Garantías Chile Apoya (Fogape Chile Apoya) y el Reglamento de Garantías de Apoyo al Endeudamiento, que acompañan la implementación de la Ley 21.673 que fue publicada el 30 de mayo de este año.

Una de las novedades más importantes es el reglamento de administración para el Programa de Garantías de Apoyo al Endeudamiento, el cual permitirá que las instituciones financieras puedan refinanciar la deuda de aquellas personas con un alto nivel de obligaciones crediticias en condiciones más favorables de las originalmente otorgadas. 

Los requisitos para acceder a este programa son:

•    Que el total de la deuda sea 6 veces superior al total de los ingresos mensuales de la persona, sin considerar un crédito hipotecario y setenta veces superior si se cuenta con un crédito hipotecario.

•    Que los ingresos mensuales brutos promedio de la persona sean iguales o inferiores a $1,5 millones (al 31 de diciembre de 2023). 

•    No podrán acceder a este programa aquellas personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

El programa está enfocado en deudas de consumo y/o comerciales. Si alguien mantiene deudas de ambos tipos en distintas instituciones financieras, los requisitos aplicarían como un consolidado y se podría refinanciar cada una, con un máximo de 160 UF (equivalente a unos $6.000.000) por persona. Adicionalmente, la mora de dichas deudas debe ser inferior a 90 días para ser elegible dentro del programa.

Apoyo a las empresas 

Cabe recordar que el Fondo de Garantías Especiales (Fogaes) tiene por propósito garantizar créditos y otros mecanismos de financiamiento autorizados a través de una serie de programas especiales que fueron aprobados en la ley. 

Las modificaciones contenidas ajustan los programas vigentes del Fogaes de Construcción y Vivienda, los cuales tienen como finalidad potenciar el respaldo al sector inmobiliario y de la construcción, debido a que el aumento en los costos y la caída en la demanda han comprimido sus márgenes y deteriorado la capacidad de pago de las empresas de estos sectores. Entre otros aspectos, ambos programas extenderán su vigencia hasta el 31 de diciembre de este año. Los límites de cobertura de las Garantías Apoyo a la Construcción, según el tamaño de la empresa y el monto máximo de financiamiento, serán los siguientes:

  • a. Mipymes: 80% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 75.000 UF.
  • b. Grandes I: 70% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 150.000 UF.
  • c. Grandes II: 60% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 250.000 UF.
  • d. Grandes III: 50% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 500.000 UF.

En aquellos casos en que la operación de financiamiento con Garantías Apoyo a la Construcción sea utilizada para la toma de una boleta de garantía en favor de un Ministerio, Servicio público centralizado o descentralizado, Gobierno Regional o Municipio, los límites de cobertura de las Garantías serán los siguientes:

  • a. Mipymes: 90% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 75.000 UF.
  • b. Grandes I: 80% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 150.000 UF.
  • c. Grandes II: 70% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 250.000 UF.
  • d. Grandes III: 60% del saldo adeudado de cada financiamiento de hasta 500.000 UF.

También se modificó el reglamento relativo al programa de Garantías Chile Apoya. A través de estos cambios se podrá ayudar a aquellas empresas afectadas por emergencias o catástrofes durante 2024, específicamente a aquellas que se encuentren catastradas correctamente y pertenezcan a alguna de las actividades económicas vinculadas al reglamento, el cual considera industrias relacionadas al mundo agrícola, manufacturero, transporte, servicios, entre otros. 

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