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La Tribuna

Devolución del IVA a extranjeros destaca dentro de las medidas del proyecto de Ley de Reactivación del Turismo

por Nicolás Maureira

La iniciativa, que pasará a revisarse en el Senado, busca fortalecer la capacidad de atraer y recuperar el turismo del país, así como fomentar el desarrollo de la industria audiovisual.

Los establecimientos que presten servicios de alojamiento ubicados dentro del territorio nacional, estarán obligados a recargar y retener el impuesto. / Freepik

El pasado miércoles 14 de agosto, el proyecto de Ley de Reactivación del Turismo y de Fomento a la Industria Audiovisual dio un paso importante en su tramitación legislativa, luego que la Cámara de Diputados y Diputadas apoyara la iniciativa en general y en particular.

En concreto, la propuesta ingresada en forma de mensaje por el Ejecutivo en mayo pasado, pasó a segundo trámite constitucional tras aprobarse en la Sala de la Cámara, por lo que ahora será la cámara revisora -en este caso el Senado- la que conocerá y votará por este proyecto ya aprobado por la cámara de origen.

De acuerdo a lo que indica un artículo publicado por prensa de la Cámara, este proyecto busca impulsar la reactivación del sector del turismo, así como fomentar el desarrollo de la industria audiovisual.

En otras palabras, la iniciativa "define medidas que propenden a fortalecer la capacidad para atraer y recuperar el turismo en el país. Esto, considerando que este sector fue fuertemente golpeado por la pandemia y que no ha logrado aún recuperarse en rigor, fomentando con ello la generación de empleo".

MEDIDAS TRIBUTARIAS

En caso de aprobarse, la nueva Ley de Reactivación del Turismo y de Fomento a la Industria Audiovisual emprende una serie de medidas del índole tributarias. Una de ellas es la creación de un sistema de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) recargado sobre la adquisición de bienes corporales muebles a turistas no domiciliados ni residentes en Chile.

¿Qué quiere decir esto? Que aplicará en bienes destinados a ser utilizados o consumidos fuera del territorio chileno, lo que es conocido internacionalmente como el tax free. Comenzaría a operar el 1 de enero de 2026.

Además, la ley creará un impuesto denominado "tasa de turismo", equivalente a un 1,25% a las personas sin domicilio ni residencia en Chile. Se aplicará sobre la tarifa sin IVA por el hospedaje en establecimientos que presten servicios de alojamiento ubicados dentro del territorio nacional, los que estarán obligados a recargar y retener dicho impuesto.

A su vez, el texto define el tratamiento tributario especial para contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile que desarrollen proyectos audiovisuales en Chile.

Estas dos últimas medidas comenzarían a regir el 1 de enero del año siguiente a la publicación de la ley.

INSTITUCIONES DE PROMOCIÓN AL TURISMO

Esta ley sentará las bases para la implementación de la institucionalidad encargada del fomento y promoción del turismo.

En efecto, el marco regulatorio creará un Fondo de Promoción Turística Internacional, cuyo objetivo será el financiamiento de acciones de promoción turística de Chile en el extranjero, con la finalidad de aumentar el número de turistas extranjeros que visiten el país.

Sobre lo anterior, serán las municipalidades las encargadas de fiscalizar que los establecimientos de alojamiento turístico cuenten con la correspondiente patente comercial. En caso de infracciones, se podrán aplicar multas en beneficio de la casa edilicia.

Asimismo, la ley creará la Comisión de Promoción Turística Internacional. Su función será proponer a la Subsecretaría de Turismo, para su aprobación, el Plan de Marketing Internacional.

MEDIDAS TRIBUTARIAS

  • Creación de sistema de devolución del IVA a turistas extranjeros
  • Creación de la "tasa de turismo"
  • Creación del tratamiento tributario especial de proyectos audiovisuales

NUEVAS INSTITUCIONES

  • Fondo de Promoción Turística Internacional
  • Comisión de Promoción Turística Internacional
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