Educación

Educación despachó a Sala retorno seguro de salas cunas y jardines infantiles

La iniciativa parlamentaria busca que los menores de edad sean los últimos de la comunidad escolar en regresar a los establecimientos educacionales, para que su regreso cuente con toda la experticia de la comunidad escolar para aplicar las normas y protocolos sanitarios.

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A través del sitio oficial de la Cámara de Diputados y Diputadas, se informó que la Comisión de Educación concluyó la votación y despachó a Sala el proyecto de ley que establece normas especiales para el retorno seguro a las salas cunas y jardines infantiles debido a la pandemia del Covid-19.

La iniciativa establece que las salas cunas, jardines infantiles y cursos de transición de niños y niñas entre 3 meses y 6 años, podrán asistir presencialmente solo a partir del año 2021, y siempre que la autoridad sanitaria constate que existen las condiciones de salubridad necesarias para evitar el riesgo de contagio de Covid-19 para la comunidad educativa.

Además, el retorno de los cursos iniciales se podrá realizar únicamente, después que retornen a clases presenciales los estudiantes de la educación básica, media y superior de la misma comuna donde se encuentre el establecimiento de educación inicial.

En la última jornada, la comisión se abocó a la discusión de las normas relativas al plan de retorno que debe elaborar el sostenedor de un establecimiento, en conjunto con la comunidad educativa conformada por pedagogas y técnicos de párvulos, auxiliares, administrativos, asistentes de la educación y las familias. 

De esta forma, se definió que dicho plan considerará los lineamientos nacionales y regionales de las autoridades sanitarias, del Ministerio de Educación y demás disposiciones de esta ley. Además, deberá ser diferenciado para salas cunas, jardines infantiles y cursos de transición entre niños y niñas de 3 meses y 6 años y contemplar para su elaboración al menos los siguientes aspectos:

  1. Diagnóstico sanitario, gestión educacional, pedagógica, socioemocional de la comunidad educativa y condiciones de infraestructura.
  2. Planificación y desarrollo de actividades y programas vinculados a la contención emocional, salud mental y bienestar humano de la comunidad educativa.
  3. Definición, priorización y flexibilización, conforme a las directrices definidas por la Unidad de Currículo del Ministerio de Educación, considerando la experiencia de pandemia.
  4. Fortalecimiento de la gestión pedagógica con énfasis en la inclusión, la innovación y el trabajo en equipo para garantizar el aprendizaje significativo de todos los niños y niñas en diversidad y equidad.  

A esto se suma un plan sanitario, que también dese ser concordado por la comunidad educativa, y que debe considerar aspectos como las medidas de seguridad para el ingreso y salida de los integrantes de la comunidad educativa desde los establecimientos, tránsito y actividades al interior de estos, teniendo especial consideración respecto de las salas, casinos, cocinas, servicios dietéticos de leche, baños, salas de muda y patios; y se explicita que se deberán implementar los protocolos de sanitización y limpieza emitidos por la autoridad.

Esta seguridad sanitaria deberá abarcar el traslado en transporte público o vehículo particular de niñas, niños, trabajadoras, trabajadores y sus familias. 

El texto, finalmente, también deja abierta la posibilidad que la comunidad educativa tome medidas adicionales que vayan en el sentido de resguardar la salud de todos y todas.

En las normas transitorias, la comisión acordó estipular que aquellos establecimientos que, con acuerdo de sus comunidades escolares, hayan reiniciado sus actividades durante el presente año 2020, en ambientes seguros, podrán continuar desarrollándolas hasta concluir el año escolar. Asimismo, los que consideren que reúnen las condiciones sanitarias para su regreso a clases en 2020 podrán solicitarlo al Ministerio de Salud o en las seremis respectivas, y al  Ministerio de Educación, de acuerdo a las disposiciones de esta norma.




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