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La Tribuna

Dudas ante la ley de plástico de un solo uso: en agosto entrará a regir la tercera etapa

por María Paz Rivera Arévalo

 La normativa prohibe el uso de materiales reciclables o comportables en establecimientos de comida.  

ley de plástico de un solo uso / web

Desde el 13 de agosto de este año entra en vigencia la Ley Nº 21.368, también conocida como Ley de plásticos de un solo uso

Debido a que la La Ley 21368 regula los plásticos y limita la generación de productos desechables, prohíbe los siguientes productos de un solo uso:

  1. Vasos
  2. Tazas
  3. Tazones
  4. Cubiertos (tenedor, cuchara, cuchillo)
  5. Palillos
  6. Pocillos
  7. Mezcladores
  8. Bombillas
  9. Platos
  10. Copas
  11. Cajas o envases de comida preparada
  12. Bandejas
  13. Sachets
  14. Individuales
  15. Tapas que no sean de botellas

Los gremios de la industria gastronómica, hotelera, del papel y el comercio en Chile han pedido al Gobierno posponer la implementación final de la Ley de Plásticos de un Solo Uso, pues existe preocupación debido a la falta de un reglamento claro y a las dificultades para adoptar alternativas compostables y reciclables.

Vale mencionar que, señalan que prohibir no solo los plásticos, sino también aquellos que permiten su valorización y compostaje, representa un retroceso en materia ambiental tanto para el país como para un sector que ha avanzado significativamente en la adopción de envases amigables con el medioambiente. 

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