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Columnista

Normativa contable para criptoactivos

Leonardo Torres

por Leonardo Torres

Señora directora

El pasado mes de marzo el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB, por sus siglas en inglés) generó una propuesta de actualización de normativa contable para mejorar la contabilización y divulgación de criptoactivos, en la que entidades públicas o privadas pueden emitir comentarios acerca de esta propuesta de enmienda hasta el 6 de junio de 2023.

La propuesta clasifica a los criptoactivos, como activos intangibles, y se contabilizarán a valor razonable, en cada fecha de reporte, reflejando los cambios de valor en el Estado de Resultados, por lo que se reconocerá su valor de mercado y registrarán las ganancias y pérdidas en todo el periodo.

Los criptoactivos se presentarían en forma separada de otros activos intangibles en el Estado de Situación Financiera, y en forma separada en el Estado de Resultados las variaciones de valor razonable.

Esta definición es una señal significativa, pues se va a requerir que las entidades revelen los tipos de criptoactivos que mantienen anualmente y en los períodos intermedios, así como los cambios en las tenencias. También, confirma que los criptoactivos no son instrumentos financieros.

Esto es un paso importante y muestra que los reguladores están tomando medidas para reconocer y regular de manera adecuada esta nueva forma de activos.

Leonardo Torres

Académico Departamento de Control de Gestión y Sistemas de Información

Facultad de Economía y Negocios Universidad de Chile

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