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La Tribuna

Cinco años de libertad vigilada deberá cumplir hombre que abusó sexualmente de su hija de 12 años

por Glenda V. Ahumada Gutiérrez

De acuerdo a la legislación vigente, para estos delitos no se permite aplicar penas sustitutivas, sin embargo, los hechos ocurrieron antes de la promulgación de dicha ley, por lo que en vez de cumplir cinco años de reclusión, pasará cinco años con libertad vigilada intensiva y con la prohibición de acercarse a la víctima de 12 años al momento del ataque.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles condenó a M.A.A.I. a la pena de cinco años de presidio, los que cumplirá con el beneficio de libertad vigilada intensiva, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años en contra de su hija, hecho cometido en mayo de 2019 en la capital provincial. 

En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, al sujeto, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado la pena especial de prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio o lugar de estudio por un lapso de cinco años, junto con la privación de la patria potestad de la víctima, la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad durante el tiempo de la condena; y la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa. También se le ordenó la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.

LOS HECHOS

El tribunal dio por acreditado que “el día 10 de mayo de 2019, en horas de la noche, en el inmueble ubicado en la comuna de Los Ángeles, M.A.A.I. procedió a realizar actos de relevancia y significación sexual respecto de su hija, y quien se encontraba a su cargo el fin de semana (...), actos consistentes en tocar con sus manos los senos de su hija, de 12 años a la fecha de ocurrencia de estos hechos”.

Sobre la forma de cumplimiento de la pena, el magistrado Christian Osses Baeza explicó que “se otorgó la libertad vigilada intensiva dado que, si bien en la actualidad este tipo de delito no procede la pena sustitutiva, esa prohibición no se aplica a este caso, puesto que el delito fue cometido con anterioridad a la promulgación de la nueva ley”, sostuvo.

Además, para dicho caso se consideró que el imputado tenía dos atenuantes que lo beneficiaron a la hora de aplicar la condena.

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