Policial y Judicial

Confirman condenas por tráfico de drogas contra dos integrantes de banda de "Los Corbata" de Los Ángeles

La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó el recurso de nulidad presentado por dos miembros de la banda "Los Corbata", ratificando sus condenas por tráfico de drogas.

Corte de Apelaciones Concepción, Poder Judicial
Corte de Apelaciones Concepción / FUENTE: Poder Judicial

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de nulidad presentado por las defensas de los acusados y ratificó la sentencia que condenó a dos integrantes de la banda de "Los Corbata" por los delitos de tráfico de drogas y cultivo y cosecha de marihuana, en delitos cometidos en el mes de septiembre de 2021 y en enero de 2022 en la comuna de Los Ángeles.

En el caso de Luis Abraham Corvalán Novoa se confirmó el cumplimiento efectivo de las penas de diez años y un día y de cinco años y un día de presidio por dos delitos de tráfico de drogas, más dos multas de 40 UTM. Junto con ello, también confirmó la sentencia de Cristián Alejandro Erices González a cinco años y un día y a 541 días de presidio, más una multa de 40 UTM, por los delitos de tráfico de drogas y cultivo y cosecha de cannabis sativa (marihuana).

DETALLES DEL FALLO DE LA QUINTA SALA

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, donde se dio a conocer que "los condenados incurrieron en distintas y sucesivas actuaciones dolosas, agotándose en cada una de ellas la conducta prohibida, de modo que, contrariamente a lo sostenido por la recurrente, no se trata de un delito continuado que se caracteriza por un único propósito, cuya materialización se fracciona en diversos actos que infringen el mismo precepto legal, y, consecutivamente, respecto de Luis Abraham Corvalán Novoa los sentenciadores hicieron una correcta interpretación de la ley al condenarlo como autor de dos delitos de tráfico de estupefacientes, previstos y sancionados en los artículos 3° de la Ley 20.000 en relación con el artículo 1° de la citada ley, a una pena privativa de libertad de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por el primero de éstos y a otra de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el segundo delito", plantea el fallo.

La resolución agrega que: "En consecuencia, de la forma expuesta por los jueces de fondo y de la manera razonada en los fundamentos anteriores en la presente sentencia, al condenar a Luis Abraham Corvalán Novoa como autor de dos delitos de tráfico de estupefacientes, (...) a una pena privativa de libertad de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por uno de éstos y a otra de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el segundo, queda en evidencia que éstos hicieron una correcta calificación jurídica a los hechos establecidos y a la penas impuestas en el fallo reprochado, al dar aplicación al artículo 74 del Código Penal, interpretación que a estos sentenciadores no les parece errada".

Sobre las alegaciones de la defensa Erices González, la Quinta Sala razonó que "este examen sobre la posibilidad de producción del resultado de peligro resulta aún más imperioso respecto de aquellas conductas como las tipificadas en el artículo 8º de la Ley Nº 20 mil (...), sino que se está previniendo el peligro de que, a través de la plantación de especies vegetales del género cannabis, alguien pueda en el futuro poner en peligro la salud pública elaborando con el producto de dicha planta sustancias estupefacientes que puedan facilitarse a terceros para su uso o consumo".

A lo anterior se agregó que "en consecuencia, queda en evidencia que éstos hicieron una correcta calificación jurídica a los hechos establecidos, como asimismo de las penas aplicadas en concreto", por lo que resolvieron que  "se rechazan, sin costas, los recursos de nulidad deducidos por el abogado Andrés Méndez Ortega por su representado Cristián Alejandro Erices González y la abogada Karen Muñoz Ramírez por el condenado Luis Abraham Corvalán Novoa, en contra de la sentencia definitiva de siete de enero del año dos mil veintitrés, dictada por los Jueces del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, la que no es nula".

CONDENAS DEL TRIBUNAL DE LOS ÁNGELES

El pasado 7 de febrero, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Los Ángeles condenó a Luis Abraham Corvalán Novoa a 10 años y un día de presidio, y a Felipe Osvaldo Ignacio Ortiz Bórquez, Moisés Alejandro Bastardo Bastardo, Cristofer Eduardo Fernández Riquelme, Cristián Alejandro Erices González y Diego Andrés Figueroa Vallejos a cinco años y un día de presidio efectivo, como autores del delito de tráfico de drogas.

El tribunal acreditó que desde el año 2020 hasta el 14 de septiembre de 2021 "(...) Luis Abraham Corvalán Novoa, conocido como "El Corbata", Felipe Osvaldo Ignacio Ortiz Bórquez "Charlartán", Moisés Alejandro Bastardo Bastardo "Venezuela", Cristián Alejandro Erices González "Minino" y, posteriormente, Diego Andrés Figueroa Vallejos "Dieguito" y Crístofer Eduardo Fernández Riquelme "Tofer", tomaron parte en el tráfico de drogas participando en la adquisición de distintas cantidades y tipos de sustancias ilícitas, en la ejecución de coordinaciones para la adquisición y traslado de droga desde el norte del país a la ciudad de Los Ángeles, en la guarda, posesión, comercialización y distribución de la droga en la comuna de Los Ángeles y en el cobro de dinero proveniente de dicha comercialización".




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