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La Tribuna

Alcalde de Laja arriesga 60 días de prisión en juicio en su contra por acoso sexual

por María José Villagran Barra

La jornada de ayer estuvo marcada por la declaración de R.Q.I. y de la víctima y pruebas por parte del Ministerio Público, como el video donde quedaría en evidencia el delito por el cual el edil está siendo imputado. El procedimiento sigue este jueves.

Juicio simplificado alcalde de Laja / La Tribuna

La discusión de si se autorizaba o no la presencia de medios en la audiencia, fue la antesala al inicio del juicio simplificado en contra del alcalde de la comuna de Laja por el delito de acoso sexual en contra de una funcionaria de dicha casa edilicia.

Pese a que a la prensa se le permitió presenciar los alegatos de inicio, clausura y veredicto, el tribunal decretó la prohibición de dar a conocer el nombre del imputad.

Habiendo dejado en claro ambos antecedentes a los medios de comunicación presentes, la audiencia comenzó pasadas las 9 horas de este miércoles en dependencias del Juzgado de Letras y Garantía de Laja.

La jornada no sólo estuvo marcada por la declaración del imputado y de la víctima, sino que también por lo reportado por dos testigos por parte de la Fiscalía.

También, se mostró el video que la mujer grabó en agosto de 2021 mientras el jefe comunal intentaba besarla de manera insistente, el cual fue divulgado en las últimas semanas.

Al respecto, el fiscal de Yumbel Alberto Cruz Lagos valoró la existencia de dicho material como medio probatorio porque "en casos de connotación sexual, son muy pocas las oportunidades en las que hay prueba directa (...) En este caso, sí la hay, que es básicamente un video que da cuenta del registro de los hechos por los cuales nosotros estamos acusando".

Si bien, para la defensa de R.Q.I. el video sí mostraría consentimiento por parte de la víctima, la teoría del Ministerio Público es totalmente contraria, quedando acreditado -incluso- en la misma declaración que el imputado realizó con posterioridad, al admitir que la afectada nunca habría aprobado dicho comportamiento por parte del edil.

Para el persecutor, la importancia del video radica en que queda un registro del actuar del imputado, cómo se acerca a quien tiene la calidad de víctima, además de los hechos de connotación sexual que se le están imputando. "Por tanto, es un registro válido para nosotros para acreditar, en definitiva, nuestra acusación".

¿POR QUÉ ACOSO Y NO ABUSO SEXUAL?

El delito que el Ministerio Público le imputa a R.Q.I es el de acoso sexual y no abuso sexual como se informó en primera instancia en los medios.

Al respecto, Cruz explicó que esto se debe "básicamente porque -debido al principio de objetividad- entendemos que se da una situación de acoso sexual respecto que existen actos de connotación sexual, hostiles, intimidatorios en relación al carácter de la víctima. Entendemos que la querellante hace una acusación respecto a abuso sexual y el tribunal va a tener que determinar, en definitiva, la tipificación de los hechos".

Asimismo, detalló que -en esta oportunidad- el Ministerio Público está solicitando una pena de 60 días de prisión.

Durante el desarrollo de la audiencia se hizo alusión a la calidad de alcalde por parte del imputado: "Entendemos que es una situación de superioridad respecto de la víctima y se ha planteado durante el juicio", sostuvo el fiscal.

Asimismo, explicó que existen penas accesorias que dicen relación con la suspensión de cargos públicos, por lo que -en caso de que existiera una condena- debería dejar su cargo como alcalde.

El juicio simplificado en contra del alcalde de Laja continúa durante la jornada de este jueves con pruebas por parte del Ministerio Público y, posteriormente, serán presentadas las pruebas por parte de la defensa de R.Q.I.

En la actualidad, R.Q.I. tiene la medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima, debiendo adoptarse todas las medidas de resguardo por parte de su empleador a fin darle cumplimiento a dicho requerimiento.

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