Política

Senado despacha a ley proyecto que castiga el sicariato

La Sala del Senado respaldó unánimemente el informe de la Comisión Mixta, instancia que aclaró que el delito basal ya está tipificado en nuestro ordenamiento penal. Con todo, se avanza en sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

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En condiciones de convertirse en ley quedó el proyecto que modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro, texto legal que es parte de la Agenda de Seguridad definida entre el Parlamento y el Ejecutivo

La Sala del Senado respaldó unánimemente el informe de la Comisión Mixta, instancia que respaldó que el delito de sicariato propiamente tal ya está penado, "está perfectamente cubierto en el Código Penal y normas específicas más eficientes", aclaró el senador José Miguel Insulza, quien detalló los acuerdos de la instancia conformada por senadores y diputados.

¿CÓMO QUEDÓ EL TEXTO?

El texto avanza en sanciones específicas cuando el sicariato se comete en un contexto de conspiración, por lo que el mensaje avanza en este sentido y precisa cuando se comete el delito "con ánimo de lucro", por realizarlo "por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero", lo que será sancionado con pena que va desde 15 años y un día a 20 años a presidio perpetuo (presidio mayor en su grado máximo).

Además, "el que conspire para cometer el delito de homicidio calificado (...) será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo"; es decir, entre 3 años y 1 día a 5 años.

"Si la conducta descrita se comete en contra de un juez con competencia en lo penal; de un fiscal del Ministerio Público; de un defensor penal público; de un funcionario de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile o de Gendarmería de Chile, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con la pena" que va desde 3 años y 1 día a 10 años (presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo).




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