Este mecanismo, que busca garantizar cierto respaldo ciudadano previo a la inscripción de candidaturas no vinculadas a partidos políticos ni pactos electorales, se ha convertido en el primer gran paso para quienes aspiran a competir por fuera de los canales tradicionales.
Las elecciones de noviembre abarcarán a todo el país con tres niveles de representación: Presidente de la República, diputados y senadores. Sin embargo, en la provincia de Biobío, específicamente en el distrito 21, sólo se podrá votar por diputados, ya que la circunscripción senatorial 10 tiene su próxima elección programada para 2029.
Para postular a cualquiera de estos cargos, existen requisitos constitucionales claros. En el caso de la Presidencia de la República, los postulantes deben tener nacionalidad chilena, haber cumplido 35 años y ser ciudadanos con derecho a sufragio.
En tanto, para ser diputado o diputada, se exige ser ciudadano habilitado para votar, tener 21 años cumplidos el día de la elección, haber cursado enseñanza media y contar con al menos dos años de residencia en la región correspondiente al distrito. Para el cargo de senador o senadora, los requisitos son similares, pero la edad mínima sube a 35 años.
Además, existen ciertas inhabilidades para postular, como ejercer cargos de autoridad pública en ejercicio, entre ellos ministros, gobernadores o alcaldes, a menos que hayan renunciado dentro de los plazos establecidos por la ley.
En lo que respecta a la forma de participación, los candidatos pueden inscribirse como militantes de partidos políticos, integrar pactos electorales o postular como independientes. En este último caso, la ley exige la recolección de un número determinado de patrocinios, que varía según el cargo al que se postule y el distrito correspondiente.
Según explica el Servicio Electoral (Servel), los patrocinios son una manifestación de apoyo de ciudadanos habilitados para sufragar hacia un candidato independiente. Estos respaldos se recogen exclusivamente a través del Sistema de Patrocinios en Línea dispuesto por el organismo en el sitio, al que se accede con Clave Única entregada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Para los aspirantes a la Presidencia de la República, el número mínimo exigido de patrocinios es de 35.361 personas. En tanto, para competir por un cupo en la Cámara de Diputados en el distrito 21 —que comprende las provincias de Biobío y Arauco— se requieren 1.158 patrocinantes.
Según el Manual Patrocinios Web Candidaturas independientes del Servel, la plataforma permite la auto-habilitación de los postulantes, lo que significa que cualquier ciudadano que cumpla los requisitos puede registrarse y comenzar a recolectar apoyos de manera oficial. No obstante, esta habilitación no equivale aún a una candidatura formal. Esta última debe ser presentada de manera oficial por cinco ciudadanos designados una vez que se abra el Sistema de Declaración de Candidaturas, de acuerdo a los plazos establecidos por el Servel.
Sobre el funcionamiento de esta etapa, el artículo 11 de la Ley 18.700 establece que "el patrocinio de candidaturas independientes podrá realizarse a través de una plataforma electrónica dispuesta por el Servicio Electoral, a la que se accederá previa autentificación de identidad".
Los ciudadanos interesados en patrocinar una candidatura deben ingresar al portal con su Clave Única, seleccionar al postulante de su preferencia y confirmar su respaldo. Este proceso es gratuito y no impide votar posteriormente por otro candidato en la elección. Es, en términos prácticos, una herramienta que permite viabilizar la inscripción formal de una opción independiente.
Para poder inscribirse como candidato/a independiente a Presidente de la República, se deberá reunir el patrocinio o firmas de número no inferior al 0,5% de los que hubieren sufragado en la anterior elección periódica de diputados.
Además, los ciudadanos patrocinantes deben estar habilitados para sufragar. Una vez cumplido con este requisito, el patrocinio debe suscribirse ante cualquier notario público.
En el caso de las candidaturas independientes a diputados y senadores, requerirán el patrocinio o firmas de un número de ciudadanos no inferior al 0,5% de los que hubieren sufragado en la respectiva anterior elección.
A lo anterior, el patrocinio debe suscribirse ante cualquier notario público y se debe declarar bajo juramento o promesa no estar afiliado a un partido político. Además, el patrocinante debe declarar bajo juramento que el domicilio electoral registrado corresponde al distrito o circunscripción senatorial al que postula el candidato.
Los independientes que postulen integrando pactos no requerirán de patrocinio.
Ingresar a https://patrocinantes.servel.cl/auth/login con mi Clave Única y seleccionar al postulante de preferencia.
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