Los trabajadores y trabajadoras, dependientes e independientes, tienen la obligación de realizar aportes económicos, denominados cotizaciones, para acceder a las prestaciones que entregan los cuatro regímenes de previsión social: pensiones, salud, Seguro de Cesantía, y seguridad y salud laboral.
¿Quién se hace cargo de las cotizaciones previsionales?
En el caso de las y los trabajadores dependientes, los empleadores están obligados a retener los montos de las cotizaciones, declararlas y pagarlas mensualmente.
Son de cargo del trabajador: las cotizaciones de pensiones y de salud.
Es de cargo del empleador: la cotización de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, incluida la Ley Sanna (Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas afectados por una condición grave de salud), además del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Son de cargo compartido: el Seguro de Cesantía, al cual aportan trabajador, empleador y Estado. La cotización mensual depende de si el tipo de contrato del afiliado es de plazo fijo o indefinido.
Sistema Previsional Chileno: Cuatro Regímenes
1
Pensiones
Protege ante contingencias de vejez, invalidez y muerte
2
Salud
Protege ante contingencias de enfermedad y también ante maternidad
3
Cesantía
Protege ante el riesgo de desempleo
4
Salud y seguridad laboral
Protege ante el riesgo de accidentes y/o enfermedades laborales
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