Dicha determinación fue adoptada tras una investigación previa que concluyó la verosimilitud de la acusación, lo que llevó a que se implementaran medidas cautelares en contra del sacerdote denunciado, consistentes en la suspensión de todos los oficios ministeriales públicos por parte del presbítero.
Efectuadas las consultas correspondientes por parte de Diario La Tribuna, hasta el cierre de esta edición aún no se había efectuado una denuncia por dicho delito ante alguna de las policías ni a la Fiscalía por parte de la víctima, que permitiera dar inicio a una investigación respecto de los hechos.
Lo que sí ha podido ser confirmado es que se realiza un proceso administrativo según las prescripciones del derecho canónico para esclarecer la verdad.
Como lo dice su nombre, una investigación canónica o investigación previa "se realiza al interior de una iglesia frente a una denuncia contra un clérigo", explicó el vicario judicial del Obispado de Santa María de Los Ángeles, padre Mauricio Zapata.
El religioso explicó que se trata de una instancia que se aplica cuando se recibe una denuncia contra un clérigo y, en ella, hay contenido respecto a un posible delito cometido por el religioso, ya sea en contra de la persona que denuncia o que haya sido testigo o recibido información de quien dice haber sufrido algún tipo ilícito.
Lo primero que se hace tras iniciar una investigación canónica "es el discernimiento en cuanto a si es verosímil; es decir, si pudo haber ocurrido. Una vez que se hace ese discernimiento se ordena, mediante un decreto que realiza el obispo de la diócesis, la búsqueda de un delegado o persona externa, un sacerdote o laico también puede ser, al cual se le da la facultad para realizar la investigación", agregó Zapata.
De igual forma, se nombre un notario para que lo acompañe durante el proceso y que firme las actas, a fin de que tengan validez jurídica.
En el caso puntual de una denuncia por abuso, el plazo de investigación dependerá de varios factores; sin embargo, el vicario judicial del Obispado de Santa María de Los Ángeles detalló que -normalmente- se da un plazo de 60 a 90 días, los cuales pueden ser prorrogables.
Al respecto, "el investigador puede pedir una prórroga de plazo porque estima que el tiempo que se le ha dado es insuficiente y requiere de más para realzarlo.
En caso de que la investigación realizada puntualmente por la diócesis acredite los hechos, las sanciones dependerán del proceso administrativo.
Esto, porque "lo que hace la investigación previa es determinar la verosimilitud de la denuncia; es decir, si esto pudo o no haber ocurrido, no busca determinar culpabilidad porque estamos en una etapa prejudicial", explicó Zapata.
Una vez reunidos todos los antecedentes y que la persona a cargo de la investigación considera que ya cuenta con lo necesario, hace llegar la carpeta con toda la información del caso al abogado defensor del clérigo que está siendo procesado para que escriba la memoria de defensa.
Para ello, "le va a dar un plazo y una vez que el abogado defensor escriba su memoria, debe devolver la carpeta completa al instructor y el instructor realizará las carpetas que corresponden a los asesores que él tendrá en este proceso para, después, tomar la decisión en cuanto a si el clérigo es culpable o inocente y si es culpable, qué sanciones se le deben aplicar", finalizó el vicario judicial del Obispado de Santa María de Los Ángeles, padre Mauricio Zapata.
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