Regístrate Regístrate en nuestro newsletter
Radio San Cristobal 97.5 FM San Cristobal
Diario Papel digital
La Tribuna

Condenan a mujer que protagonizó accidente en estado de ebriedad

por La Tribuna

Arriesga una pena que comienza en tres años de cárcel.

03-10-2017_19-06-411__9103-10-17 /

Por los delitos de conducción en estado de ebriedad con lesiones de carácter menos graves y conducción en estado de ebriedad con lesiones de carácter leve fue condenada una mujer que, en marzo pasado, protagonizó un accidente en la comuna de Cabrero.

Los hechos por los cuales Carolina Neira Chavarría fue procesada se remontan a la madrugada del 13 de marzo de 2014 cuando, alrededor de las 0:50 horas, conducía un automóvil por la Ruta 5 Sur.

Fue a la altura del kilómetro 471, en el sector jurisdiccional de Cabrero, que perdió el control del vehículo y volcó a un costado de la ruta.

A consecuencia de ello, tanto la conductora como los otros cuatro ocupantes del automóvil resultaron con heridas de diversa consideración: tres de las víctimas eran menores de edad.

El juicio en su contra se realizó durante la jornada de este martes en dependencias del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

Tras escuchar y analizar las pruebas presentadas por el Ministerio Público, los jueces resolvieron condenarla por dos delitos: conducción en estado de ebriedad con lesiones de carácter menos graves y leves, respectivamente.

En primera instancia, la Fiscalía presentó los cargos por lesiones de carácter grave respecto del copiloto. Sin embargo, aquello no logró ser acreditado durante el desarrollo del juicio sino que las heridas fueron menos graves.

El fiscal de Yumbel, Gonzalo Burgos, relató que por el delito de conducción en estado de ebriedad con lesiones de carácter menos graves solicitaron la pena de tres años de privación de libertad y la suspensión de la licencia de conducir por 36 meses.

Por el delito de conducción en estado de ebriedad con lesiones de carácter leve, pidieron que se le imponga una condena de 540 días de privación de libertad y la suspensión de la licencia de conducir por 2 años.

DEFENSORÍA PENAL PÚBLICA

Con respecto a la decisión interpuesta por los jueces, el defensor penal público, Ernesto Ochoa, relató que era un fallo esperado.

“Estamos conformes en la parte que el tribunal no dio lugar a determinar que el hecho correspondía a un manejo de vehículo motorizado causando lesiones graves puesto que el tribunal estimó que  -si bien se trataba de un manejo en estado de ebriedad causando lesiones- éstas eran de carácter menos graves lo que –evidentemente- incide en la menor penalidad que eventualmente pueda imponer el tribunal cuando entregue su sentencia una vez que se lea la lectura”, relató Ochoa.

En la acusación formulada por el Ministerio Público, el fiscal expuso que se trataba de un solo hecho donde se produce como consecuencia lesiones de carácter grave en dos personas y lesiones de carácter menos graves respecto de tres.

Sin embargo, el tribunal reconoce la conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones, pero que éstas no son graves sino que menos graves y leves.

“El tribunal se basa en ello en virtud de la prueba rendida fundamentalmente porque (ésta) no fue suficiente en cuanto a determinar el tiempo de curación de las mismas lesiones, de tal manera que no hay una precisión o categorización sobre ese punto a través de un médico legista que no se rindió en la audiencia, el tribunal optó por lo que determina el código. Es decir, si no hay certeza en cuanto a lesiones, de existir deberían tipificarse como lesiones menos graves y entendemos que esa fue la regla que utilizó el tribunal”, expresó Ochoa.

La Defensoría Penal Pública solicitó que se consideraran tres atenuantes al momento de dictaminar la sentencia: la irreprochable conducta anterior, la colaboración sustancial y reparación de daños.

Sin embargo, será el tribunal quien resolverá respecto a si las acoge o no una vez que entregue su sentencia.

Respecto de la pena, la defensa solicitó la rebaja en tres grados conforme a las tres circunstancias atenuantes que había y ninguna circunstancia agravante.

Es decir, pidieron una pena que va entre los 21 a 41 días de prisión; esta condena bien podría cumplirse a través de un sistema de firma, pena sustitutiva o remisión condicional.

La lectura de sentencia se realizará el próximo sábado 7 de octubre a las 11:00 de la mañana en dependencias del  Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

Síguenos: Google News
banner redes
banner redes banner redes banner redes banner redes banner redes

¿Quieres contactarnos? Escríbenos a [email protected]

Contáctanos
EN VIVO

Más visto