Opinión

Lecciones del caso Tributos

Asesor carrera de Derecho UTEM

Carlos Gajardo, Carlos Gajardo
Carlos Gajardo / FUENTE: Carlos Gajardo

Permítanme poner como antecedentes algunas cifras del caso "Tributos" -señalado como el fraude fiscal más grande de la historia de nuestro país- para que sirvan de base a esta columna. El monto de lo defraudado se estima en 240 mil millones de pesos, equivalente al dinero que se recauda en seis teletones. El número de facturas falsas alcanza las cien mil. Para comparar, en el caso Penta el número total de documentos falsos -que ya era muy alto- alcanzaba a mil, es decir, esto es cien veces mayor.  Finalmente, las facturas falsas se habrían incorporado en la contabilidad de más de 3.000 contribuyentes de primera categoría, dando cuenta de la magnitud de personas involucradas en estos hechos.

Al tratar este caso, es necesario preocuparse de dos temas que son relevantes y que deben avanzar en paralelo. Por una parte, la investigación del Ministerio Público tiene que ser profunda y llegar a todos los involucrados con los siete clanes identificados. Seguramente, el número de imputados continuará creciendo y se deben efectuar todos los esfuerzos por condenar duramente -y con penas de cárcel- a los autores de los hechos, además de recuperar la mayor parte posible del dinero defraudado. En ese sentido, hay que considerar que se efectuó la incautación de 340 automóviles y 47 propiedades que con una sentencia condenatoria permitirán en algo resarcir los perjuicios fiscales, junto con efectuar imputaciones por el delito de lavado de activos.

La segunda preocupación escapa al ámbito penal y debe concentrarse en detectar la manera en que este fraude pudo ocurrir durante tanto tiempo sin ser descubierto y cuáles son -entonces- las medidas que se deben tomar para prevenir que esto ocurra de nuevo, al menos, en tan altas sumas de dinero. Algunas luces hemos tenido a este respecto.

Ser más audaces

En efecto, se ha conocido a partir de entrevistas a ex funcionarios del Servicio de Impuestos Internos (SII), que al menos desde el año 2017 hubo alertas que éstos efectuaron y que no fueron debidamente tomadas en cuenta, respecto a la proliferación de solicitudes de empresas de fachada o de papel, que eran posibles de observar con el trato que funcionarios tenían con estos supuestos contribuyentes.

Adicionalmente, se supo que en abril de 2018 uno de los imputados e investigados por este fraude concurrió a la Fiscalía a autodenunciarse, pero el procedimiento fue archivado tras transcurrir 73 días sin que el SII comunicara su decisión de denunciar los hechos. Recordemos que en materia tributaria para que se lleve adelante una investigación por este tipo de delitos es requisito que las situaciones sean denunciadas por el servicio, lo que no ocurrió.  Es evidente que las medidas que se debieren adoptar en algunos casos dependen del propio servicio, que puede tener mejores mecanismos para prevenir y evitar estos fraudes, reaccionando de una manera más oportuna a las alertas que se levanten desde la propia institución.

Adicionalmente, existen otras medidas que requieren cambios legislativos, como es -por ejemplo- que se permita que la Fiscalía pueda investigar estos delitos sin que sea requisito la denuncia o querella del SII. En el pasado se demostró que este punto es una traba que afecta gravemente el principio de igualdad ante la ley, porque el SII ante casos idénticos en algunas oportunidades presenta querellas penales y en otras -simplemente- se contenta con cobrar los tributos adeudados. La dinámica demuestra hoy ser una herramienta que entraba la persecución penal y puede terminar generando la impunidad de graves conductas de evasión tributaria.

Finalmente, es necesario dotar al SII de nuevas y mejores herramientas para combatir la evasión, resultando pertinente discutir nuevamente la figura del denunciante anónimo que fuere incluida en la reforma tributaria rechazada el año 2022 y que constituye una eficiente manera de aportar antecedentes de fraudes al SII, asegurando el anonimato de quien denuncia e -incluso- premiándolo económicamente cuando su acción concluye con recuperación de dineros para el Estado.

En general, el fortalecimiento de canales de denuncias anónimas ha significado una efectiva herramienta para combatir la corrupción y no se divisan inconvenientes para que ella también pueda ser utilizada eficientemente para combatir la evasión. La magnitud del fraude recién descubierto justifica que seamos más audaces en esta materia. En esto, la clase política tiene la palabra.

Carlos Gajardo Pinto, asesor carrera de Derecho UTEM

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