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La Tribuna

TOP de Concepción condena a 15 años y un día de presidio a autores de homicidio calificado en Coronel

por Sofía Meier Améstica

El tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

TOP Concepción / cedida

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó hoy -sábado 22 de abril- a Jorge Andrés Vargas Bello y César Antonio Barrales Calvo a las penas efectivas de 15 años y un día en calidad de autores del delito consumado de homicidio calificado; y a la de 10 años y un día, en calidad de autores del delito frustrado de homicidio calificado. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Ilícitos perpetrados en febrero de 2021, en la comuna de Coronel.En fallo unánime (causa rol 20-2023), el tribunal -integrado por las magistradas Nancy Vargas Bustamante (presidenta), Marcela Norris Bustos y Paula Cruces López (redactora)- aplicó, además, a ambos sentenciados, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las respectivas condenas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que: "El día 22 de febrero de 2021, cerca de las 09:50 horas, y mientras don Ricardo Enrique Poveda Ormeño se hallaba junto a su hijo Esteban Andrés Poveda Guíñez a bordo del automóvil taxi colectivo PPU GPXL.97 en las afueras del domicilio ubicado en Florencio Fuentes 788 de la comuna de Coronel, en forma sorpresiva y sobre seguro bajaron desde otro automóvil que les hacía seguimiento y que se detuvo a su costado, los imputados Jorge Vargas Bello y César Barrales Calvo, quienes, premunidos de armas de fuego cortas, dispararon en repetidas oportunidades en contra de Poveda Ormeño y Poveda Guíñez sin posibilidad de que estos pudieren defenderse, provocando al primero una herida a bala craneoencefálica que le provocó un traumatismo causándole la muerte, en tanto Poveda Guíñez resultó con múltiples heridas en tórax y mandíbula, fractura mandibular, hemoneumotorax bilateral y lesión raquimedular, de carácter grave gravísimas y mortales de no mediar socorros médicos oportunos y eficaces".

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