La mañana de este viernes, la Corte de Apelaciones de Concepción revocó la resolución impugnada en contra de la mujer formalizada por el delito de infanticidio en la comuna de Los Ángeles y que la mantenían con la medida cautelar de prisión preventiva.
Los hechos por los cuales esta persona fue detenida se remontan a octubre de 2024, cuando su pareja encontró un neonato al interior de un refrigerador, denunciando el macabro hallazgo.
El hombre llegó a la vivienda, emplazada en calle Los Nísperos de Villa Las Quintas, tras regresar de la faena donde trabajaba en el norte el pasado 26 de octubre. La mujer no se encontraba en la casa, por motivos electorales, por lo que su pareja comenzó a realizar labores de limpieza de la cocina.
Al abrir el refrigerador para limpiarlo, deslizó la parte baja donde se guardan las verduras y sacó una bolsa de basura negra, encontrando un bebé fallecido, realizando la denuncia a Carabineros de la Subcomisaría de Paillihue.
En aquella oportunidad, la mujer fue formalizada por el Ministerio Público por el delito de infanticidio y, según los datos expuestos en aquella ocasión, en una fecha no precisada del mes de agosto comenzó con contracciones producto de su embarazo de término -calculado, según las pericias- en 40 semanas.
Fue en ese contexto que la mujer se dirigió al baño y realizó el parto del bebé al interior de la tina, la cual se encontraba con agua.
Posteriormente, la imputada habría salido de la tina, realizando la limpieza de la placenta y del cordón umbilical, pero dejando al recién nacido en su interior, falleciendo producto de asfixia según informes del Servicio Médico Legal.
Tras dicha audiencia, la mujer quedó con las medidas cautelares de arraigo nacional y arresto domiciliario total.
Sin embargo, las diligencias posteriores -efectuadas por la Policía de Investigaciones de Los Ángeles- permitieron descubrir un escenario aún más macabro.
En noviembre de 2024, la mujer fue nuevamente detenida tras el hallazgo de cuatro neonatos ocultos al interior de un refrigerador por parte de detectives de la Brigada de Homicidios.
Tras ser nuevamente formalizada por el delito de infanticidio, en esta última oportunidad quedó con la medida cautelar de prisión preventiva.
Tras revisar los antecedentes expuestos durante la audiencia de revisión de medidas cautelares, efectuada durante la mañana de este viernes en la Corte de Apelaciones de Concepción, el tribunal de alzada decretó que la mujer -identificada como N.E.A.G.- quedara con la medida cautelar de arresto domiciliario total.
En un fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción rebajó la cautelar impuesta a la mujer por los antecedentes entregados por la defensa, los que no fueron debatidos por la Fiscalía, ya que no se presentó a la audiencia.
De acuerdo a los antecedentes que se manejan del caso, hace 14 años, la imputada inició una convivencia con su actual pareja, relación de la cual nació, en diciembre de 2015, una niña de actuales ocho años.
Posteriormente, quedó embarazada en al menos, otras cinco ocasiones, cuando residía en domicilios ubicados en las villas Todos Los Santos y Las Quintas, de la comuna de Los Ángeles, embarazos de los cuales nacieron cuatro niñas y un niño, quienes fallecieron por "omisión" de la madre, inmediatamente después de sus alumbramientos, se dijo en la formalización.
"En este sentido, es importante destacar una historia de violencia física y sexual de la imputada, la que queda de manifiesto en el informe psicológico acompañado, y que no fue controvertido atendido que el órgano persecutor no se presentó a esta audiencia. A ello, cabe sumar, su irreprochable conducta anterior", agregó la resolución.
"Que bajo estos parámetros -continúa- la Corte ha de definir los presupuestos de peligrosidad que sostuvo la fiscalía en primera instancia, como impedimento para modificar la medida cautelar impuesta, por cuanto si bien existe una formalización por cinco delitos de infanticidio, es lo cierto que las circunstancias personales y psicológicas de la imputada, permiten estimar que la prisión preventiva no es proporcional ni necesaria para los fines del procedimiento, toda vez que otras cautelares menos intensas cumplen satisfactoriamente el riesgo señalado, como aconteció en la especie durante el tiempo que permaneció bajo privación total de libertad en su domicilio".
En virtud de los antecedentes expuestos, el tribunal de alzada revocó la resolución apelada en marzo recién pasado, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva, sustituyéndola por la de arresto domiciliario total.
Tras consultar los motivos por los cuales el Ministerio Público no habría concurrido a la audiencia de revisión de medidas cautelares de la imputada, señalaron lo siguiente:
"La Fiscalía del Biobío compareció ante la Corte de Apelaciones de Concepción, pero no fue posible que nuestro representante realizara sus alegatos. Para esclarecer esta situación se han solicitado informes a las instancias respectivas" indica el comunicado emanado de Fiscalía en respuesta al requerimiento realizado por diario La Tribuna.
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